Reformas legislativas
Los abogados instan a poder expulsar en 48 horas a los ocupantes ilegales de una vivienda si no acreditan "la posesión legítima"
Los colegios de abogados de Barcelona, Madrid y Málaga rechazan que los residentes puedan alegar vulnerabilidad económica en una batería de reformas legislativas que presentan este martes
Los abogados de Barcelona ultiman una nueva propuesta para el desalojo exprés de viviendas okupadas

El actual decano del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), Jesús M. Sánchez. / Europa Press


J. G. Albalat
J. G. AlbalatRedactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Premio del Col.legi de l'Advocacia de Barcelona a la Trayectoria en el Periodismo del Sector Legal 2023. Colaborador de publicaciones jurídicas. Ha ejercido de profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
Con el objetivo de acabar con el fenómeno de la ocupación delincuencial, los Colegios de la Abogacía de Barcelona, Madrid, y Málaga han elaborado, conjuntamente con el Institut I+Dret, una batería de reformas legislativas, tanto civiles como penales, para facilitar que una vivienda usurpada sea devuelta lo antes posible a su propietario o arrendador. El proyecto, que se presenta este martes en un congreso en Barcelona, quiere reforzar la legitimidad de los propietarios para que puedan reclamar –ya en sede policial sin necesidad de ir al juzgado– la expulsión de los ocupantes de forma cautelar. Una de sus principales medidas es ordenar desalojos durante las 48 horas después de interponer la denuncia si los ocupantes no pueden acreditar "la posesión legítima". Ahora el desalojo exprés solo puede ordenarse durante las primeras horas de la ocupación.
La propuesta también pretende dotar a los jueces de más herramientas ante el fenómeno de la ocupación, que "se ha multiplicado exponencialmente en los últimos años, ocasionando un evidente perjuicio" a los propietarios y al resto de ciudadanos "por los problemas de convivencia que usualmente suelen generar en su entorno, defraudación de suministros, incluso tráfico de estupefacientes, con riesgos de incendios y la paulatina degradación del entorno urbano o devaluación de los inmuebles próximos", recoge el texto.
Desalojo como medida cautelar
La Abogacía también se propone introducir cambios en los delitos de allanamiento de morada o usurpación que contempla el Código Penal para que los juzgados de instrucción puedan actuar de forma inmediata ante los casos de ocupación criminales. Los abogados pretenden que el juez pueda ordenar el "desalojo urgente por parte de los ocupantes ilegales del bien inmueble" como medida cautelar.
Para ello, los propietarios afectados podrían pedir esta medida incluso en comisaría cuando denuncien la ocupación ilegal. "El ocupante tendrá un plazo de 48 horas para acreditar su posesión legítima. Si no lo hiciera, el órgano judicial, con el auxilio policial que sea necesario, procederá al desalojo inmediato del bien inmueble y la entrega de la posesión al titular legítimo. Si el ocupante del inmueble puede acreditar la existencia de un título legítimo de posesión, se le requerirá para aportarlo en un plazo de 48 horas en sede policial o judicial", señala la propuesta de los colegios de la Abogacía.
Vulnerabilidad
Los representantes de la Abogacía insisten en que a los propietarios de viviendas ocupadas les interesa principalmente la recuperación del inmueble lo antes posible más que la pena que se les pueda imponer a quienes hayan ocupado. Los abogados también proponen que "no sea válida la alegación de la vulnerabilidad por parte de los ocupantes ilegales de inmuebles por el incumplimiento de la exigencia del respeto de la propiedad ajena" que, subrayan, contempla la ley de vivienda.
Por eso señalan que los jueces deberían adoptar la medida cautelar urgente y que debe ser la administración competente la que deba proceder "al intento de realojo de los 'okupas' sin posibilidad alguna de suspensión de la expulsión".
Además, reclaman modificar la ley de enjuiciamiento criminal para que los juzgados de guardia puedan adoptar la medida cautelar de desocupación cuando se denuncie un delito leve de usurpación. La propuesta de estos colegios de la Abogacía también incide en sacar de la ley del jurado el delito de allanamiento de morada para poder agilizar el procedimiento y celebrar un juicio rápido.
Agilizar la acción judicial
Para los colegios de la Abogacía, estos cambios legislativos legales facilitan "una mejor y más rápida persecución judicial de las ocupaciones ilegales" y garantizan resolver "con celeridad la adopción de medidas cautelares por parte del juez o la jueza de instrucción que ha recibido la denuncia, así como la devolución posesoria de forma inmediata como la solución más adecuada para recuperar la confianza en el sistema".
En este sentido, inciden en adaptar "el ordenamiento procesal penal con instrumentos adecuados ante la necesidad de una rápida y ágil actuación, todo ello atendiendo a la naturaleza de delito permanente y la situación de la Administración de Justicia y su dilación en la tramitación judicial de tales procedimientos por la saturación y elevada carga de trabajo de los juzgados".
La ocupación en Europa
La propuesta recuerda que las legislaciones de otros países europeos facilitan con más celeridad la devolución de una vivienda ocupada a sus propietarios. Holanda, por ejemplo, solo exige una denuncia policial para recuperarla exhibiendo el título de propiedad; Francia ha endurecido las penas por ocupación ilegal con multas de hasta 45.000 euros por hacerse pasar por el propietario de una vivienda; Alemania recupera las viviendas ocupadas 24 horas después de la denuncia; Reino Unido tiene un sistema policial urgente para devolver el inmueble al titular, y en Italia los jueces pueden ordenar a la policía el desalojo inmediato de la vivienda.
"Como se evidencia, la tendencia en otros países es endurecer las penas por ocupación ilegal y facilitar el desalojo policial", señala la propuesta de los colegios de la Abogacía, que también insiste en que, mientras se comete la ocupación, existe delito flagrante y la policía puede actuar.
El proyecto se presenta en el marco del Segundo Congreso de Ocupación Ilegal, que coorganizan los Colegios de la Abogacía de Barcelona, Madrid y Málaga en la sede del Colegio de la Abogacía de Barcelona. La inauguración irá a cargo de Jesús M. Sánchez, decano del ICAB; Eugenio Ribón, decano del Colegio de la Abogacía de Madrid; y Rafael Soto Rueda, secretario de la Junta de Gobierno y diputado Responsable de Formación del Colegio de la Abogacía de Málaga.
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