SENTENCIA

El Supremo reconoce el derecho a indemnización a una auxiliar de Enfermería interina que fue recontratada al día siguiente de su despido

La sanidad madrileña pretendía ahorrarse la compensación, pese a que sanitaria llevaba encadenando contratos desde 2006

Una sanitaria vacuna a una mujer contra la gripe (Foto de archivo).

Una sanitaria vacuna a una mujer contra la gripe (Foto de archivo). / EP

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El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a indemnización a una auxiliar de Enfermería interina que fue despedida el 31 de mayo de 2022, después de más de 17 años concatenando contratos, pese a que fue contratada al día siguiente de su extinción laboral, según una sentencia de la Sala de lo Social, conseguida por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF).

La organización sindical señala que la sentencia crea jurisprudencia al pronunciarse en el mismo sentido que otra reciente, del pasado 25 de septiembre. Estima un recurso de casación de CSIF en defensa del derecho a una trabajadora del Hospital Universitario de Fuenlabrada a la indemnización tras su cese. La administración madrileña, señala CSIF, pretendía ahorrarse la citada indemnización, equivalente a 20 días de salario por año trabajado con el límite de doce mensualidades.

Nuevo contrato

El Supremo, tal y como defiende CSIF, entiende que "la suscripción de un nuevo contrato temporal no constituye un hecho sobrevenido que impida el reconocimiento de que la relación laboral previa era de carácter indefinido no fijo, por lo que su extinción debe calificarse como despido, pues la nueva contratación no se ha realizado como continuación de la anterior".

En concreto, la trabajadora comenzó su relación laboral con el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) y el centro hospitalario de Fuenlabrada en julio de 2006, en la categoría profesional de Técnico Medio Sanitario. En mayo de 2022 el Hospital le comunicó a la trabajadora la extinción de su relación laboral.

Sin embargo, el 1 de junio de 2022, el hospital le hizo un contrato de trabajo temporal en la modalidad de interinidad, "para cubrir puesto vacante de TCAE (Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería) hasta la incorporación de un trabajador laboral fijo". La existencia de este contrato fue la base de la argumentación del SERMAS para considerar que la trabajadora no tenía derecho a indemnización tras su despido.

Miles de funcionarios

Según Víctor Martínez, portavoz del sindicato, la sentencia "va a afectar favorablemente a cientos, por no decir a miles, de empleados públicos de toda España". La Comunidad de Madrid, detalla, pretendía no pagar a la trabajadora la indemnización que le correspondía por la extinción de su contrato de trabajo por cobertura reglamentaria de la plaza".

Martínez resalta que la sentencia del Tribunal Supremo abre la puerta a que otros trabajadores públicos que "con los procesos de estabilización y consolidación que se están desarrollando por todo el país, están viendo como se les cesa en su relación previa indefinida no fija para volverles a contratar de manera interina. Estos trabajadores sí van a tener derecho a percibir la indemnización de 20 días por año que fija la ley".

Hace apenas unos días, el sindicato denunciaba el colapso en hospitales de toda España por la gripe y otros virus. Y avanzaba que, coincidiendo con la reunión que CSIF mantendrá el 22 de enero con el Ministerio de Sanidad sobre el Estatuto Marco, indica que pedirá un pacto de Estado para afrontar las necesidades estructurales de la sanidad con un plan estratégico a 5-10 años que permita alcanzar la media europea en dotación de recursos humanos.