Tribunales

Un año de prisión para el periodista Saül Gordillo por agresión sexual a una redactora

El tribunal mantiene que el acusado, en posición de prevalencia por edad y cargo, "no ha entendido el cambio de mentalidad" sobre qué significa consentir

La defensa anuncia que presentará un recurso contra la sentencia

El fiscal eleva de multa a dos años de prisión la petición de pena para Saül Gordillo por agresión sexual

Saül Gordillo, antes del juicio por agresión sexual

Saül Gordillo, antes del juicio por agresión sexual / ACN

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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La jueza de Barcelona María del Pilar Calvo ha condenado a un año de prisión y a dos años más de libertad vigilada al exdirector de Catalunya Ràdio Saül Gordillo por agredir sexualmente el 2 de diciembre de 2022 en la sala Apolo a una redactora de 'Principal', diario digital qué él dirigía entonces. Al periodista también se le imponen dos años de inhabilitación para cualquier oficio que comporte contacto con menores, el pago de las costas a la acusación particular y la prohibición de acercarse y comunicarse durante dos años con la víctima a una distancia no inferior a los 1.000 metros. La fiscalía reclamaba dos años de prisión y la abogada de la víctima, Noemí Martí, cuatro. La defensa ha anunciado que presentará recurso, al no estar de acuerdo con la valoración que la togada hace de la prueba y sobre todo de las imágenes de las cámaras de seguridad del local.

La magistrada considera que hay prueba suficiente para "destruir la presunción de inocencia que ampara al acusado" y subraya que Gordillo "no ha entendido el más que necesario cambio de mentalidad y protección a la libertad sexual de las mujeres" en cuanto al consentimiento, al atribuir a la propia víctima unas "señales" que "no pueden ser vigentes en la actualidad", donde debe prevalecer un "consentimiento expreso que en modo alguno ha sido acreditado".

"Indiferente al consentimiento"

La sentencia recuerda la "posición de prevalencia" del periodista como director del medio donde trabajaba la víctima, la "gratuidad de los tocamientos ya por edad" (27 años de diferencia) ya por cargo en la empresa" y la "forma clara" que para el acusado era "indiferente el consentimiento de la perjudicada", pues actuó de manera "furtiva y ajena a las miradas de terceros".

La sentencia declara probado que el 1 de diciembre de 2022 se celebró en un restaurante de Barcelona la cena de Navidad del diario digital. Después de la cena, los trabajadores del 'Principal' se dirigieron a un bar y, después de ello, acudieron a la sala Apolo. Gordillo, la víctima y otro compañero llegaron en taxi sobre las 2.30 horas taxi. Dejaron las chaquetas en el guardarropa de la discoteca y se dirigieron a una de las barras a pedir una consumición.

"Satisfacer su deseo sexual"

Sobre las 2.44 horas, subraya el fallo judicial, mientras estaban frente a esa barra, Gordillo, "con ánimo de satisfacer su deseo sexual y atentar contra la libertad sexual" de Mar, "se acercó de forma furtiva" para que la joven "no pudiera ver cómo su mano derecha de forma disimulada bajaba por la espalda", agarrándole las nalgas, a la vez que desplazó "la mano en busca de su vagina", sin poder alcanzarla de forma directa por impedírselo la ropa que ella llevaba.

Al minuto y mientras la misma redactora pedía una consumición y "con el mismo ánimo y propósito", el exdirector de Catalunya Ràdio se volvió a acercar a ella por la espalda e introdujo la mano izquierda por debajo del camal del pantalón tipo 'short' que llevaba, llegando hasta su vagina por encima de las medias con intención de masturbarla, recoge la sentencia.

"Disociación cognitiva"

La víctima continuó en la barra, "en una clara disociación cognitiva", y luego se desplazaron a una de las pistas de baile. Fue a las 2.53 horas cuando, según el escrito, Mar reaccionó y asumió lo que había sucedido, "con un evidente estado de nerviosismo, ansiedad y desconcierto" ante sus compañeros, que intentaron animarla. A las 3.16 horas, la denunciante salió con sus amigos del local para tomar el aire y tranquilizarse, hasta que solicitaron un taxi para ir a sus casas.

El 2 de diciembre, la redactora acudió a un CAP al presentar un cuadro de ansiedad y se le pautó un fármaco. Mar estuvo de baja laboral desde el día 2 de diciembre de 2022 hasta el día 24 de marzo de 2023 debido a la afectación psicológica de lo sucedido. Gordillo está acusado de una segunda presunta agresión sexual contra otra redactora del mismo medio esa misma noche. En esta causa se enfrenta a una pena de cuatro años de cárcel.

Versión de la defensa

El abogado de Gordillo, Carles Monguilot, disiente, a través de un comunicado, del criterio de la jueza y argumenta que las imágenes de las cámaras de seguridad de la sala Apolo "muestran de forma objetiva" una "interacción" entre el periodista y la denunciante, lo que "justificaría" que su cliente interpretara que "había consentimiento". Una interacción entre "dos personas adultas" que la defensa sitúa antes, durante y después del "acto que hoy se declara delictivo".

Para el letrado, "llama la atención" que cuando se acreditan diferencias sustanciales entre lo que denunció la víctima y "la realidad demostrada en la grabación", la sentencia resuelva "aduciendo" a una "clara disociación cognitiva", como si esta "pretendida alteración psicológica" sirviera "siempre y en todo caso para explicar y justificar" las diferencias "flagrantes" entre el vídeo y la declaración de la afectada. En su opinión, "parece que la sentencia se haya olvidado que el consentimiento", también después de la modificación de la 'ley del solo sí es sí', "no exige que sea verbal" sino que se ha de valorar según los actos que, "en atención a la circunstancia del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona". Concluye que el periodista actuó convencido del consentimiento de la redactora.