Certificado obligatorio
Atención a los propietarios de patinetes eléctricos: estas son las normativas que debes cumplir
Todos los patinetes eléctricos que se vendan a partir de este lunes 22 de enero deben tener un certificado obligatorio y en 2027 todos deberán contar con él
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La Dirección General de Tráfico (DGT) marcó el lunes 22 de enero como fecha límite para que todos los patinetes que se vendan tengan certificados y cumplan una serie de requisitos. El fin de la nueva norma es garantizar la seguridad vial, la protección del conductor y que los vehículos de movilidad personal (VMP) cumplen unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles.
Cabe recordar que Barcelona o Madrid han prohibido acceder con patinetes eléctricos al transporte público debido a la explosión de varios patinetes en la red pública. En este contexto, se han endurecido y homogeneizado las normas que deben cumplir los patinetes, con el fin de garantizar la seguridad, la del conductor y del resto de usuarios de la vía.
Estas son las características que deberán cumplir los vehículos de movilidad personal a partir de este lunes 22 de enero de 2024:
- Velocidad: no podrán circular por encima de los 25 km/h. A partir de este límite, el motor dejará de impulsar el vehículo. Además dispondrán de sistemas antimanipulación tanto de la velocidad como de la potencia.
- Sistema de frenado: deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s. Y los de más de dos ruedas, de freno de estacionamiento.
- Avisador acústico: todos los modelos tendrán que tener un avisador acústico.
- Sistema de estabilización en el aparcamiento: para evitar los patinetes caídos en las aceras, los VMP con menos de tres ruedas deberán disponer de un sistema de estabilización consistente en una pata de cabra lateral o caballete central mientras están aparcados.
- Ruedas: se establece en 203,2 mm el diámetro mínimo establecido de las ruedas, las cuales deben ser de superficie rugosa de modo que permitan la adherencia al terreno. En ningún caso se permitirá la utilización de neumáticos lisos.
- Plegado seguro: Deberán tener un doble sistema de seguridad para que queden bien acoplados mientras se llevan recogidos y evitar así aperturas involuntarias.
- Marcaje: El marcaje de fábrica debe ser único, permanente, legible y ubicado de forma clara con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.
- Portaidentificador: deberán llevar en la parte trasera la identificación o etiqueta de registro.
- Visibilidad: deberán estar equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además, la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
Las prohibiciones
La DGT recomienda a las personas que tengan pensado adquirir un patinete eléctrico que consulten en la web del organismo (www.dgt.es/vmp) qué marcas y modelos ya han sido certificados y cumplen todos los requisitos exigidos en el manual de características publicado en el Boletín Oficial del Estado el 21 de enero de 2022.
Tráfico avisa de que "no todo lo que se vende como VMP es VMP" y que los vehículos sin certificado y adquiridos hasta el próximo enero solo podrán circular hasta enero de 2027.
Asimismo, la DGT recuerda que los vehículos de movilidad personal están prohibidos en autopistas, autovías, vías interurbanas, travesías y los túneles urbanos, así como por las aceras de las ciudades. Y que sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, como el resto de conductores.
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