Ley de bienestar animal

Hasta 10.000 euros de multa por dejar atado a un perro frente a un supermercado

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Un perro atado a las puertas de una tienda junto al mercado de la Barceloneta, en Barcelona.

Un perro atado a las puertas de una tienda junto al mercado de la Barceloneta, en Barcelona. / Agustí Carbonell

Vega S. Sánchez

Vega S. Sánchez

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Los datos son escalofriantes: un animal de compañía es abandonado cada dos minutos en España, según denuncian las entidades protectoras. Y la gran mayoría de ellos, excepto en comunidades como Catalunya y Madrid -donde se ha prohibido de forma expresa- son sacrificados.

Por razones como esta el Gobierno aprobó el pasado marzo la llamada Ley de bienestar animal. Sin embargo, esta no ha entrado en vigor hasta este viernes, 29 de septiembre.

La controvertida Ley de Bienestar Animal obligará, en un futuro, a hacer un curso de formación para poder tener un perro, tener en vigor un seguro de responsabilidad civil, que prohíbe el uso de animales en circos, belenes o procesiones, y a llevar un registro de mascotas. La ley afecta a animales de compañía y silvestres en cautividad.

Además, cada animal tendrá que estar identificado y permanentemente localizado para que, en caso de pérdida o robo, las autoridades puedan ubicarlos en un máximo de 48 horas, ya que tampoco se dejará a ningún animal sin vigilancia durante un máximo de tres días, algo que en el caso de los perros no podrá superar las 24 horas.

Contra el artículo 27

Una de las novedades curiosas que trae esta ley es la del artículo 27, que asegura que estará penalizado dejar al perro atado sin supervisión. Lo que implica que no se le puede dejar atado solo a farolas, vallas o papeleras mientras se hace la compra, por ejemplo.

El artículo en cuestión, en su apartado d), reza que queda expresamente prohibido "mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento".

Incumplir este apartado se considera infracción leve, y está penado con "apercibimiento o multa de quinientos a diez mil euros".

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