Procedimiento de infracción
Bruselas expedienta a España por permitir concesiones en la costa de 75 años sin justificación
Se trata del primer paso en el procedimiento de infracción: de no corregirse, el caso podría acabar en denuncia ante el Tribunal de Justicia de la UE
Silvia Martinez
Periodista
La Comisión Europea ha decidido abrir expediente contra España por no garantizar un procedimiento de selección transparente e imparcial para la adjudicación de concesiones relativas a las zonas costeras. Según Bruselas, la posibilidad de prorrogar las concesiones existentes por un periodo de hasta 75 años sin justificación, tal y como prevé la ley de costas española, es contraria a las normas de la UE.
La legislación española prevé, según explica la Comisión Europea, la posibilidad de adjudicar “concesiones” o “autorizaciones" en el sentido de la Directiva de servicios” para construir locales permanentes como pueden ser restaurantes, agrogranjas, empresas papeleras o químicas en el denominado “dominio público marítimo-terrestre”, fuera de los puertos, sin llevar a cabo un procedimiento de selección abierto y transparente. Además, permite ampliar la duración de tales concesiones por un periodo de hasta 75 años, una vez más sin poner en marcha un procedimiento de selección.
Esto, según el análisis preliminar de la Comisión que ha dado lugar al expediente, infringe la directiva de servicios que tiene por objeto eliminar los obstáculos al comercio de servicios dentro de la UE. La norma simplifica los procedimientos administrativos para los prestadores de servicios, refuerza los derechos de los consumidores y de las empresas que reciban servicios, y fomenta la cooperación entre los países de la UE. También obliga a los gobiernos a eliminar todas las prohibiciones totales de comunicaciones comerciales, en particular todas las prohibiciones totales de una forma de comunicación comercial, en el caso de las profesiones reguladas.
Sin embargo, los obstáculos persisten y es un problema “acuciante” porque el 60% de los obstáculos a los que se enfrentan las empresas ya estaban hace 20 años. Entre los problemas identificados, Bruselas menciona la existencia de procedimientos nacionales complejos y la falta de información al respecto, requisitos nacionales desproporcionados en el ámbito de los servicios y requisitos administrativos gravosos para la prestación de servicios, también en lo que se refiere al desplazamiento de trabajadores.
Primer paso del procedimiento
El envío de la carta de emplazamiento supone el primer paso en el procedimiento de infracción. Como regla general, las autoridades disponen ahora de dos meses para responder a Bruselas y corregir la situación. De no ser así, la Comisión Europea podría lanzar un ultimátum que, de no resolverse positivamente, podría terminar en denuncia ante el Tribunal de Justicia de la UE. Y es lo que podría ocurrir con un segundo procedimiento de infracción abierto por Bruselas contra España por no haber finalizado la revisión de los planes hidrológicos de cuenca exigidos por la Directiva marco del agua y/o los planes de gestión del riesgo de inundación exigidos por la Directiva sobre inundaciones.
Ambas directivas exigen a los Estados miembros que actualicen e informen cada seis años de sus planes de gestión de las cuencas hidrográficas y del riesgo de inundaciones, respectivamente. Según Bruselas, España y otros diez países no han revisado, adoptado y notificado a tiempo todos sus terceros planes hidrológicos de cuenca y segundos planes de gestión del riesgo de inundación. Los planes hidrológicos de cuenca incluyen un programa de medidas clave para garantizar el buen estado de todas las masas de agua mientras que los planes de gestión del riesgo de inundación se elaboran a partir de mapas que muestran las posibles consecuencias adversas asociadas a los escenarios de inundación.
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