Tribunales
El Supremo obliga a Educació a realizar contratos indefinidos a los profesores de religión
Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hace cambiar el criterio en el TS y da la razón a una maestra de Terrassa
ACN
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El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que el Departament de Educació debe realizar contratos indefinidos a los profesores de religión católica de los centros públicos que no cubran una baja temporal de un titular, sino que ocupan una plaza permanente. El Supremo cambia así su doctrina tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de hace un año, ya que hace unos años había dictaminado lo contrario en otro caso similar en el propio Catalunya. La sentencia llega a raíz del caso de una profesora de un centro de Terrassa, que desde 2015 trabajaba con contratos temporales aunque desde 2017 la profesora titular se había jubilado.
La profesora empezó a trabajar en una escuela de Terrassa en noviembre de 2015, con un contrato de relevo a tiempo parcial vigente hasta noviembre de 2018. En noviembre de 2017 firmó un contrato con vigencia también hasta noviembre de 2018 a jornada completa. En noviembre de 2018 se le alargó el contrato de interinidad hasta finales de curso, en junio de 2019. Aquel junio presentó un escrito pidiendo que se le pagaran los meses de julio y agosto, ya que estaba cubriendo la vacante de una profesora que se había jubilado en el 2017. Pero el 30 de junio se acabó el contrato, algo que la profesora denunció, y volvió a ser contratada el 1 de septiembre del 2019 con otro contrato de interinidad.
Despido improcedente
En febrero del 2020 un juzgado de lo social de Barcelona dio la razón a la maestra y declaró el despido de junio del 2019 improcedente, sentencia que confirmó el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en marzo del 2021 y ahora ha declarado firme el Tribunal Supremo.
Así, la sentencia declara improcedente el despido de junio de 2019 y obliga a la Generalitat a readmitir a la profesora y a indemnizarla.
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