Ley del aborto

La nueva ley sólo permitirá dar a la mujer que vaya a abortar la información que ella solicite

La reforma de la ley de interrupción voluntaria del embarazo acaba con los tres días de reflexión y la entrega del sobre con información

Una mujer sostiene un cartel a favor del aborto legal durante una movilización en Brasil.

Una mujer sostiene un cartel a favor del aborto legal durante una movilización en Brasil. / EFE

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La reforma de la ley del aborto, que estará aprobada en pocas semanas, impide explícitamente que se dé a las mujeres que van a abortar información sobre el embarazo, salvo en el caso de que ellas lo soliciten. Con la nueva norma, los profesionales sanitarios no podrían dirigirse a las mujeres que deseen interrumpir su embarazo para ofrecerles escuchar el latido del feto o realizar una ecografía 4D, como ha anunciado Vox que se va a hacer en Castilla y León.

El respeto al derecho de las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo y a una maternidad libremente decidida vertebra la reforma de la ley del aborto que en pocas semanas aprobará el Senado. La voluntad y la capacidad de decisión de la mujer son claves, por eso eliminará los requisitos de los tres días de reflexión y de entregar un sobre con información sobre el embarazo y limitará la entrega de esa información exclusivamente a los casos en los que la afectada lo solicite.

"Se elimina el plazo de reflexión de tres días que opera en la actualidad y la obligatoriedad de recibir información acerca de los recursos y las ayudas disponibles en caso de continuar con el embarazo, debiendo proporcionarse dicha información sólo si la mujer lo requiere", avanza la futura ley en su exposición de motivos.

La nueva norma permitirá a las mujeres a partir de los 16 años interrumpir voluntariamente su embarazo durante las primeras 14 semanas de la gestación.

"Más allá de la información de carácter sanitario vinculada a la interrupción voluntaria del embarazo", las mujeres sólo recibirán información adicional si así lo requieren y "nunca como requisito para acceder a la prestación del servicio".

Las usuarias del servicio, si lo desean, podrán pedir información sobre centros que ofrezcan asesoramiento sobre sexo seguro y sobre embarazo; sobre ayudas públicas para mujeres embarazadas, así cómo cobertura sanitaria sobre el embarazo y el parto; sobre los derechos laborales vinculados al embarazo y la maternidad, las ayudas públicas para el cuidado de los hijos e incentivos al nacimiento.

En todo caso, se aclara en el texto legal, "la elaboración, contenidos y formato de esta información será determinada reglamentariamente por el Gobierno".

Desde el Ministerio de Igualdad, impulsor de la reforma, subrayan que la futura norma suprime las medidas coercitivas que ponen en tela de juicio la decisión de las mujeres que deseen interrumpir su embarazo (el sobre y los tres días de reflexión) y señalan que la Organización Mundial de la Salud insiste en que no es recomendable recurrir a la ecografía como requisito para la prestación de los servicios de aborto.

Y desde el PSOE, la portavoz de la Comisión Igualdad en el Congreso de los Diputados, Laura Berja, incide que la intención del legislador con estas medidas es "evidentemente evitar que haya injerencia en la decisión de la mujer".

A juicio de Berja, la legislación actual sobre interrupción del embarazo ya es "muy clara" con respecto a la libre decisión de la maternidad: "La maternidad libremente decidida no es que un médico te intente cambiar la decisión", ha remarcado.

"Abrirle las puertas de las instituciones a Vox tiene muchísimos riesgos, sobre todo para los derechos de las mujeres. Cuando llega a las instituciones, plantea retrocesos inadmisibles", ha denunciado la diputada socialista.

El Senado se ha fijado el día 9 de febrero como fecha límite para la aprobación del proyecto de reforma de la ley orgánica de de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

El jueves 2 de febrero se estudiará el texto en Comisión para decidir si se incluye alguna de las 186 enmiendas presentadas por los distintos grupos parlamentarios. Si se introducen cambios, el texto deberá volver al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva; si no, se aprobará definitivamente y entrará en vigor un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.