Tráfico

La DGT advierte que no hay rebaja del 50% por pronto pago en estas multas

Son cuatro las situaciones en las que, sí o sí, deberá pagarse el 100 % del importe de la multa

Tráfico suma una media de 366 multas diarias en la red viaria de Baleares

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Si has recibido una multa y quieres abonarla, lo primero que tienes que hacer es comprobar quién te ha puesto la multa. Es posible que sea de la Dirección General de Tráfico (DGT), pero también puede ser de alguna Comunidad Autónoma o de algún Ayuntamiento. Para pagarla, reclamar o poner alguna alegación, debes dirigirte siempre al organismo que te ha sancionado.

En el caso de la multa sea de la DGT, tienes la posibilidad de pagarla en el periodo voluntario. Dicho periodo comprende los primeros 20 días naturales desde que la denuncia te fue notificada y, en la mayoría de los casos, implica a una reducción del importe de la multa del 50%.

Una vez pasados estos 20 días del periodo voluntario, comienza el periodo ordinario.

No obstante la DGT subraya que no todas las multas pueden beneficiarse de esa reducción del importe del 50%.

Son cuatro las situaciones en las que, sí o sí, deberá pagarse el 100 % del importe de la multa:

- Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o mecanismos que interfieran en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.

- Falsear la identificación del conductor responsable de una infracción.

- Realizar obras en la vía sin la autorización correspondiente, no instalar, o hacerlo incorrectamente, la señalización correspondiente. Así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional.

- Incumplir las normas establecidas para las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial.

Para todos estos casos, deberá abonarse el 100 % de la cuantía de la multa, independientemente de que se pague antes de los 20 primeros días naturales establecidos para el pronto pago o posteriormente.