Ahorro energético

¿Cuándo entran en vigor la limitación del aire acondicionado y la iluminación en escaparates?

Las encargadas de vigilar el cumplimiento de este plan son las comunidades autónomas

Cibeles y Alcalá se iluminan de rojo para celebrar el cumpleaños del rey Felipe VI.

Cibeles y Alcalá se iluminan de rojo para celebrar el cumpleaños del rey Felipe VI. / Kiko Huesca

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El Gobierno ha aprobado lo que denomina como un "primer" plan de ahorro para reducir el consumo de energía en edificios públicos. Las medidas resultantes del plan han sido cuatro (limites para la calefacción y el aire acondicionado, cierre de puertas, apagar la iluminación nocturna y revisión de calderas), de las cuales dos no son nuevas, sino que ya estaban en vigor desde el año 2009 (límites para la calefacción y cierre de puestas). Pero, ¿cuándo entran en vigor la limitación del aire acondicionado y la iluminación en escaparates?

El apagado de luces a partir de las 22 horas y la regulación de calefacciones y aires acondicionados entrará en vigor a las 00.00 horas de este miércoles 10 de agosto. La cartelería a la que se obliga a estos establecimientos para informar sobre la aplicación de estas medidas deberá ponerse en marcha en un plazo de un mes: a partir del 2 de septiembre. Mientras que para disponer de un sistema de cierre de puertas adecuado se da de plazo hasta el 30 de septiembre, aunque esta medida está vigente desde el año 2009. En una nota del Ministerio para la Transición Ecológica se aclara que la novedad es que ahora se extiende a los establecimientos que utilicen "energía renovable para climatización".

Las encargadas de vigilar el cumplimiento son las comunidades autónomas, algo que ya deben hacer actualmente con medidas vigentes como el cierre de puertas y temperatura de 21º y 26º en los establecimientos.

En el Real Decreto ley del Gobierno se incluye de forma expresa que en caso de incumplimiento de estas obligaciones se aplicarán las infracciones de la Ley de Industria que van desde los 60.000 euros a los 100 millones, en función de la gravedad. Como máximo, un incumplimiento de estas características supondría una falta leve y atendiendo al principio de proporcionalidad (si es intencionado, cuánto tiempo, perjuicio que provoca, etc) la cuantía sería muy inferior a esos 60.000 euros, según confirman fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica.