LEY DEL 'SÓLO SÍ ES SÍ'

La ley del 'sólo sí es sí' castigará con cárcel la difusión sin consentimiento de fotos y vídeos íntimos

Quienes reciban ese material y lo compartan con otras personas serán también multados

Utilizar imágenes de otra persona para crear perfiles falsos en redes sociales será considerado n delito de acoso.

Utilizar imágenes de otra persona para crear perfiles falsos en redes sociales será considerado n delito de acoso. / Shutterstock

Violeta Molina Gallardo

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Difundir imágenes o vídeos íntimos sin consentimiento se castigará con pena de cárcel y compartir ese tipo de contenidos con otras personas tras su recepción se sancionará con multa. Esta modificación del Código Penal es una de las últimas novedades incorporadas a la ley de garantía integral de la libertad sexual, que se aprobará este jueves en el Pleno del Congreso de los Diputados.

Los individuos que difundan, revelen o cedan a terceros este tipo de material sin consentimiento de la persona afectada de manera que menoscaben "gravemente" su intimidad serán castigados con pena de cárcel de tres meses a un año o con multa de seis a doce meses. Quienes reciban esas fotos o vídeos y a su vez los compartan con otros, serán penados con multas de uno a tres meses. En el caso de que quien comete estos delitos sea pareja o expareja de la víctima, que ésta sea menor de edad o una persona con discapacidad o que los hechos se cometan con un fin lucrativo, la pena se impondrá en su mitad superior.

Así lo recoge el dictamen de la ley del sólo sí es sí, al que ha tenido acceso El Periódico de España, diario del mismo grupo, Prensa Ibérica, que este periódico,. Antes de su llegada al Pleno esta semana, la Comisión de Igualdad ha introducido las últimas medidas pactadas por los distintos grupos parlamentarios.

Otra de las novedades incluidas en la reforma que la ley hará del Código Penal es considerar como delito de acoso la utilización sin permiso de la imagen de otra persona para "realizar anuncios o abrir perfiles falsos en redes sociales, páginas de contacto o cualquier medio de difusión pública, ocasionándole a la misma situación de acoso, hostigamiento o humillación". Estos hechos se castigarán también con penas de prisión tres meses a un año o multas de seis a doce meses.

Reforma de la ley contra la violencia de género

Los grupos parlamentarios han acordado que la ley de garantía integral de la libertad sexual reforme a su vez la ley 1/2004, la legislación contra la violencia de género. Modifica doce artículos y dos disposiciones adicionales, además de introducir una nueva disposición adicional.

Entre esas cuestiones, una muy relevante: por primera vez se incluye en esta ley el concepto de "violencia económica", concretamente en su disposición adicional decimonovena, con la que se pretende garantizar el pago de las pensiones de los menores hijos de víctimas de violencia de género cuando los padres no hagan frente a esta obligación. Se impone al Gobierno la obligación de modificar el Fondo de Garantía de Pensiones para lograr tal fin.

Se da algún paso también en la lucha contra la violencia digital, incorporando planes de sensibilización y prevención de la violencia machista en el ámbito digital y de las tecnologías de la información.

Además, se declaran en la ley como servicios de carácter esencial aquellos que presten atención, información y asistencia integral de las víctimas de violencia de género y se garantiza la atención integral a los menores hijos de mujeres maltratadas o que convivan en contextos familiares en los que se cometan actos de violencia de género y se exige que el personal que atienda a estos niños y niñas tengan la formación adecuada.

Otra medida incluida es que el Sistema Público de Salud garantizará a las víctimas y a sus hijos e hijas el derecho a la atención sanitaria, con especial atención a la psicológica y la psiquiátrica, hasta su total recuperación y tendrá que contar con psicólogos infantiles capacitados para el abordaje de las consecuencias de la violencia vicaria.

La atención sanitaria habrá de estar preparado para detectar, intervenir y asistir en situaciones de violencia de género contra mujeres con discapacidad, problemas de salud mental o adicciones.

Y se crea un capítulo nuevo orientado a garantizar el derecho a la reparación de las víctimas, incluida la indemnización económica por daños y perjuicios que abarcará el daño físico, psicológico, moral y a la dignidad; la pérdida de oportunidades y de ingresos, incluido el lucro cesante; el tratamiento terapéutico, social y de salud sexual y reproductiva.

Protocolos contra la violencia machista en los partidos políticos

Más allá de la modificación de la ley contra la violencia de género, entre las últimas medidas que el Congreso quiere en la ley del sólo sí es sí es que los partidos políticos y organizaciones sociales legalmente constituidas tengan un protocolo específico para la prevención, detección y lucha contra la violencia machista en el que se impulsen acciones de sensibilización de sus miembros.

También han pactado que la equidad territorial sea un principio rector de la norma, para asegurar que todas las víctimas pueden acceder a los servicios y recursos necesarios con independencia del lugar en el que vivan.

Y la ley obligará al Gobierno, las comunidades autónomas, las entidades locales, la Fiscalía General del Estado y el Consejo General del Poder Judicial a que elaboren cada cuatro años un informe en el que rindan cuenta de las medidas que han adoptado para cumplir el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.