Examen a la Justicia

10 meses de espera en juicios rápidos en Barcelona que deberían celebrarse en 15 días

Los jueces de Barcelona y el TSJC reclaman la creación de cuatro juzgados más para celebrar esta vistas, ideadas para agilizar la resolución de determinados delitos, como hurtos, robos, alcoholemias o violencia de género

La Ciutat de la Justícia de Barcelona.

La Ciutat de la Justícia de Barcelona. / FERRAN NADEU

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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La ley establece que en 15 días se deben celebrar los denominados juicios rápidos, aquellos cuyos procesos no son complejos y se pueden instruir en el mismo juzgado de guardia tras la detención del presunto autor del delito, cuya pena no puede superar los cinco años de cárcel. Sin embargo, en los juzgados penales de Barcelona, que se encargan no solo de la capital catalana, sino de otras de los alrededores, la demora en la celebración de estas vistas es hasta de 10 u 11 meses. La mayoría de los delitos que se juzgan a través de este procedimiento especial son robos, alcoholemias y otros vinculados al tráfico (hay bastante sentencias de conformidad con el acusado) o violencia de género. 

Los titulares de los 28 juzgados penales de Barcelona (24 de enjuiciamiento y cuatro que se dedican a ejecutar sentencias) han dado la voz de alarma. El retraso a la hora de celebrar el juicio lastra el sistema, a pesar de que la carga de trabajo que soportan los togados sobrepasa con creces a la estipulada como adecuada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Los dos jueces de refuerzo para paliar la acumulación de procedimiento, en su opinión, no son suficientes y se necesita la creación de otros cuatro juzgados, dos para juicios y dos para ejecutar sentencias.

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) aprobó en noviembre de 2018 un plan de refuerzo para reducir la pendencia en los juicios rápidos, medida que se ha ido renovando. En noviembre de 2020, cuando adoptó un refuerzo de “mayor intensidad”, el órgano judicial reconocía en su acuerdo que estos juicios se tramitaban con un lapso temporal de hasta 10 meses, cifra que se mantiene, según las fuentes judiciales consultadas por EL PERIÓDICO.

La vigencia de los refuerzos

El dilema de cómo se afronta este problema se reproduce ahora. El próximo 30 de junio finaliza el periodo de vigencia del último acuerdo del TSJC para aplicar los refuerzos. Para reducir los plazos para la celebración de los juicios rápidos, la Conselleria de Justícia apuesta, según un documento al que ha tenido acceso este diario, por “incrementar el número de señalamientos” y que se mantenga de manera permanente la unidad de refuerzo o que se amplíe si es necesario. "En el caso de que se mantenga el volumen de ingreso anual de estos procedimientos en los próximos años, la medida de refuerzo actual podrá permitir absorber únicamente la volumetría equivalente al ingreso, pero no reducir el número de juicios rápidos pendientes", admite la Generalitat. 

Los jueces de lo penal no consideran suficiente esta propuesta. A su entender, existe una acumulación de procesos que únicamente se rebajaría con la creación de nuevos juzgados, según la junta que se realizó hace unos días. El TSJC también está a favor de incrementar los órganos judiciales. Su sala de gobierno aprobó el pasado 5 de abril por unanimidad un acuerdo en el que requiere a la Generalitat a que interese al Ministerio de Justicia la creación de cuatro nuevos juzgados penal en Barcelona para este 2022.

Casi un 200% más de procedimientos

Este acuerdo del TSJC destaca que entre 2016 y 2021 se aprecia un incremento del 30% de ingresos de juicios rápidos en los juzgados de lo penal de Barcelona, que abarcan la ciudad, Badalona, Cornellà, El Prat, Esplugues, Igualada, l’Hospitalet, Sant Boi, Santa Coloma de Gramanet y Sant Feliu de Llobregat. Ello ha provocado un aumento en la acumulación de los asuntos, pasando de 1.511 juicios rápidos pendientes en 2016 a 4.403 en 2021 (un 191% más). Asimismo, se ha detectado un crecimiento de ingresos de nuevos casos, así como en otros procesos ordinarios que tramitan los juzgados de lo penal. Eso provoca que la carga de trabajo se haya disparado y superan los módulos que el CGPJ estima asumibles (29% más en los juzgados penales de enjuiciamiento y 46% los de ejecutoria). En el caso de juicios rápidos, en Barcelona se registra una media por año que casi duplican la de otras ciudades, como Madrid y Sevilla.

En Barcelona, dos juzgados penales celebran juicios cada día (señalan nueve vistas cada uno) y los dos jueces de refuerzo, que se dedican exclusivamente a ellos, se turnan durante la semana. En el primer caso, la demora es de 10 u 11, y en segundo, de cinco o seis meses. El total de juicios rápidos al día: 27. “Ahora se está intentando equilibrar los dos calendarios”, asegura la jueza decana de Barcelona, Cristina Ferrando. Para ella, el sistema de jueces de refuerzo, medida que se renueva cada cierto tiempo, no es suficiente. “Necesitamos más juzgados penales. Es una prioridad”, sostiene. En su opinión, el volumen de casos se arrastra desde hace tiempo, aunque, precisa, con el plan de refuerzo se han obtenido buenos resultado. Hay otro factor que influye en esta situación y es el aumento de la litigiosidad.

El juez de lo penal de Barcelona Josep Tomás Salas apunta como posible soluciones coyunturales el mantenimiento y aumento de las medidas de refuerzo, así como la "optimización de los delitos" que deben ser objeto de juicio rápido. Sin embargo, sostiene que son necesarios otras soluciones "estructurales", que pasarían por la creación de cuatro nuevos juzgados, el incremento de la plantilla de estos órganos judiciales, la agilidad en el nombramiento de personal interino y el "avances en la implementación del expediente digital" y la posible especialización de juzgados en violencia de genero.

Este magistrado recalca que "en Barcelona los juzgados de guardia inician más juicios rápidos que los que se celebran" y que uno de los motivos, que quizás no ocurre en otros lugares, es que la Guardia Urbana de la capital catalana es especialmente activa. Fuentes jurídicas aseguran que esta acumulación de juicios rápidos también se produce porque a través de este procedimiento se pueden juzgar los hurtos de objetos por valor de más de 400 euros, como un móvil de gama media.

Los perjuicios por los retrasos

"La tramitación de un delito como juicio rápido se ha convertido en un mecanismo bastante ágil para tramitar las diligencias de investigación urgentes", afirma la abogada Eulalia Puig Fuste, del despacho Molins. Pero la demora a la hora de celebrarse la vista, en su opinión, "desnaturaliza el espíritu" de este procedimiento y, "a menudo, conlleva la imposibilidad de celebración del juicio". Por la tipología de delitos que se encauzan por este sistema, incide esta letrada, es habitual que en lapso de tiempo que transcurre hasta el día del juicio los acusados acumulen otras detenciones y condenas por hechos similares y "acaben sustrayéndose de la acción de la justicia". Otra veces, explica esta letrada, lo que ocurre es que las víctimas son extranjeras y cuando se celebra el juicio ya no están en España ni les es económicamente rentable viajar para prestar testimonio, lo que "dificulta enormemente la articulación de prueba de cargo". El paso de tiempo, además, perjudica la calidad de las declaraciones.

El abogado Daniel Salvador, del despacho Vosseler, considera que los juicios rápidos pueden ser eficaces para la persecución de delitos menores como de seguridad del tráfico por consumo de alcohol o drogas, lesiones, robos y hurto, ya que la mayoría acaban en una sentencia de conformidad con la fiscalía. En cambio, argumenta, "no son los mejores mecanismos para abordar asuntos como el de la violencia doméstica". En este caso, agrega, "si no existe conformidad en un juicio rápido, el pronunciamiento definitivo se puede demorar meses con el consiguiente desasosiego y angustia para las víctimas".

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