Nuevo revés para el catalán en la escuela

El TSJC ordena a otros dos colegios impartir el 25% de clases en castellano

El tribunal reitera que la Generalitat "ha incumplido" las cuotas en una "proporción razonable"

Las medidas cautelares solo afectan a las clases de los hijos de las familias demandantes

Primer día sin mascarilla obligatoria en la escuela Escorial de Vic

Primer día sin mascarilla obligatoria en la escuela Escorial de Vic / ACN / LAURA BUSQUETS

EFE

EFE

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ordenado medidas cautelares para que se imparta el 25% de las materias en lengua castellana en dos nuevos colegios de Catalunya. Atiende así, a la espera de dictar sentencia, la demanda presentada por dos familias cuyos hijos estudian en estos centros educativos. Se trata de las dos primeras decisiones acordadas por el TSJC después que el Tribunal Supremo ratificara el pasado mes de noviembre la sentencia del TSJC que obliga a impartir el 25% de las materias en castellano en todos los colegios catalanes.

Así, las clases a las que acuden los niños de las familias demandantes deberán impartir otra asignatura troncal en castellano, además de la materia de Lengua Castellana.

La Generalitat "ha incumplido" las cuotas

El tribunal reitera que a la Generalitat de Catalunya "le correspondía determinar la presencia vehicular del castellano en proporción razonable" y, por tanto, entiende que "ha incumplido" las cuotas. Los dos autos, a los que ha tenido acceso EFE, son del pasado mes de febrero y se notificaron los pasados días 2 y 16 de marzo. No ha trascendido por ahora el nombre de los centros afectados por estas cautelares.

El TSJC resuelve a favor de las dos familias demandantes "partiendo de la consideración del catalán como centro de gravedad del sistema educativo, con la correspondiente traducción en el horario lectivo que debe derivarse de dicho principio".

Un mes para aplicarlo

El tribunal insta a las dos escuelas a que "adopten las disposiciones pedagógicas oportunas en orden a la efectiva ejecución de lo acordado, dando cuenta detallada al tribunal en el plazo de un mes". La resolución añade que "el material didáctico necesario deberá corresponderse con la lengua docente". Es decir, en castellano.

Al margen de la aplicación de las medidas cautelares para que se imparta el 25% de las materias en castellano en el grupo de escolarización de sus hijos, las familias pedían "extender el citado porcentaje a todo el centro educativo". Como respuesta, el TSJC concluye que las medidas "se adoptan respecto del hijo/a del actor en los términos expresados, en función de su interés legítimo y atendida la naturaleza cautelar de la pretensión, sin que en esta pieza deban resolverse cuestiones relativas a la ejecución de la sentencia dictada en otro proceso". Por eso, procede a "denegar la pretensión" de aplicar la cuota del 25% de castellano al conjunto de los dos centros educativos.

El Departament d'Educació anunció el pasado 22 de marzo que trabaja en una nueva ley educativa que sortee la sentencia e impulse el uso del catalán en las aulas.