Polémica con las vacunas
La vacunación obligatoria, a la palestra
Los expertos están divididos acerca de la legalidad de la medida, que podría atentar contra el derecho a la integridad física | Austria y Alemania ya están imponiendo restricciones a los no vacunados

El debate sobre si la vacuna contra el COVID debería ser obligatoria siempre ha estado presente en España y en Europa. Esta semana, la presidenta de la Comisión Europea (CE), Ursula Von der Leyen, le dio un nuevo impulso al apuntar la conveniencia de imponer la profilaxis para parar la nueva ola de contagios y dado que hay un tercio de la población europea, es decir, 150 millones de personas, que están aún sin vacunar.
Sin embargo, el Ejecutivo comunitario no tiene competencias para introducir esta medida, decisión que recae en los distintos Estados miembro. Italia fue el primer país occidental que obligó a vacunarse a sus ciudadanos para ir a trabajar, mientras que Francia impuso esta medida al personal sanitario y Grecia a los mayores de 60 años.
Austria fue más allá, al imponer la vacuna obligatoria a la población general, estela que ha seguido Alemania, que anunció ayer que ampliará las restricciones a los no inmunizados e implantará la vacunación obligatoria, previsiblemente a partir del próximo febrero. Fuera del arco europeo, el Gobierno de EEUU también intentó imponer la vacuna al personal sanitario, aunque la medida fue tumbada por un tribunal federal.
En España, aunque el 46,2%, de sus ciudadanos apoyaría la obligatoriedad de la vacuna contra el COVID, según el último barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), la inmunización es voluntaria y el ordenamiento jurídico español no incorpora explícitamente el deber de la vacunación, ni siquiera para el personal sanitario. Precisamente, el pasado mes de julio, el Tribunal Constitucional (TC) falló mantener la suspensión de lo dispuesto en el número 5 del artículo 38.2 b) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de Salud de Galicia, que faculta a las autoridades sanitarias autonómicas a imponer la vacunación obligatoria a la ciudadanía gallega, a fin de controlar las enfermedades infecciosas transmisibles en situaciones de grave riesgo para la salud pública.
“En este momento no es posible justificar la obligación de algo que es irreversible”
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela (USC)
Carlos Ruiz Miguel, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela (USC), opinó ayer que imponer la vacuna atenta contra el derecho a la integridad física, tal y como sostuvo el TC.
“El auto de 20 de julio de 2021 del Tribunal Constitucional recuerda tres cosas: En primer lugar, que la vacuna no es una medida preventiva contemplada en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. En segundo lugar, que es una medida irreversible, es decir, que es algo que luego no puede quitarse. Y en tercer lugar, que afecta directamente al derecho a la integridad física. El auto dice, textualmente: ‘Es una inmisión física en las personas que afecta directamente al derecho garantizado en el artículo 15 de la Constitución’”, explicó.
Según este catedrático, la obligatoriedad de la vacuna contra el COVID ni siquiera podría aplicarse en el caso de los trabajadores esenciales, ya que continuaría siendo una medida “irreversible” y que atenta contra el derecho a la integridad física de estos profesionales.
Además, en este momento la medida sería aún menos justificable. “En el derecho comunitario Europa se autorizó la vacunación en la medida en que no había fármacos contra el coronavirus. En estos momentos, se ha anunciado que se están fabricando varios medicamentos. Por tanto, si existen medicamentos no es posible justificar la obligación de algo que es irreversible y que se aplica a personas que no se sabe si van a estar enfermas, o si podrán estarlo a pesar de vacunarse o si tendrán problemas por vacunarse”, afirmó.
“Legalmente podría imponerse en caso de epidemia si existe peligro colectivo ”
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de A Coruña
Según Domingo Bello Janeiro, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de A Coruña, en el Derecho español no se impone la obligatoriedad de la vacunación, sino que se parte de un principio general de voluntariedad en las actuaciones de salud pública, aunque añade que podría ser posible con una legislación 'ad hoc' nacional.
“Es legalmente posible imponer la vacunación en caso de epidemia, cuando exista un riesgo colectivo para la salud pública, desplazando en dichos supuestos el principio general de voluntariedad en la vacunación que impera en nuestro Derecho. Sería deseable una legislación ‘ad hoc’ de alcance nacional e incluso una recomendación formal de la Unión Europea”, argumentó el jurista, para quien la declaración de estado de emergencia podría ser un buen marco “para evitar incertidumbres”.
Pero incluso sin ley específica ni situación excepcional que imponga la obligatoriedad de la vacuna, el jurista considera que hay precedentes judiciales en tal sentido. “El auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Granada, de 24 de diciembre de 2010, por el que 35 niños fueron obligados, ante la negativa de sus padres, a vacunarse en un caso de brote de sarampión en el centro educativo”, expuso Bello.
Noticias relacionadasLa ministra de Sanidad, Carolina Darias, rechazó imponer la vacunación obligatoria tras la decisión de Alemania. “Lo entiendo en países con bajas tasas de vacunación, pero España es el país con mayor cobertura vacunal y también somos líderes en la vacunación de refuerzo”, afirmó.
“En España queremos seguir así, y es digno de reconocer que se debe a la responsabilidad de los ciudadanos, que ven la vacunación contra el coronavirus como un derecho, pero también como un deber para con los demás”, manifestó la titular de Sanidad.
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