Nuevas restricciones

Los jueces abren la puerta a extender el pasaporte covid

El TSJC avala que la Generalitat pueda ampliar la obligatoriedad del certificado a cines, teatros, circos y competiciones deportivas cuando hay dentro establecimientos de restauración

Dos turistas en la terraza de un bar en la plaza Real de Barcelona.

Dos turistas en la terraza de un bar en la plaza Real de Barcelona. / Laura Guerrero

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) no solo ha avalado la obligatoriedad del pasaporte covid en la restauración, los gimnasios y las residencias, sino que ha dejado la puerta abierta a ampliar esta medida en otros espacios, como teatros, cines, auditorios o circos si cuentan con un restaurante o un bar. Lo mismo puede pasar en los conciertos y festivales musicales "con el público de pie o con la posibilidad de bailar", según la resolución de la Generalitat que tiene el visto bueno de los jueces.

Fuentes de la Conselleria de Salut aseguran que, por ahora, no extenderá esa restricción a otros espacios que no sean restaurantes, gimnasios y residencias. Todo dependerá de la evolución de la pandemia. Pero con el aval otorgado por el TSJC en el bolsillo, el Ejecutivo catalán podría aplicar esta medida. Al igual que la exigencia del certificado de vacunación en competiciones deportivas o parques de atracciones si en las instalaciones prestan servicios de restauración.

El concepto de restauración es el que puede crear situaciones curiosas. Depende de lo que se considere restauración. Algunas fuentes apuntan que, por ejemplo, no sería necesario enseñar el certificado de vacunación en los puntos de los cines donde venden palomitas y, en cambio, sí para comer un frankfurt en el bar del Camp Nou, a pesar de que para entrar en el estadio no sea necesario. Es de suponer que estos extremos se precisarán, si se considera indispensable esta restricción. 

Durante dos semanas

La extensión de este certificado para restaurante, gimnasios y residencias ha entrado en vigor a primera hora de este viernes y se mantendrá durante al menos dos semanas. El pasaporte pasa a ser obligatorio para entrar en el interior de los bares y restaurantes, sea cual sea su aforo, pero no para acceder a las terrazas y espacios abiertos. El TSJC avaló esta medida, a pesar de la oposición de la fiscalía, a raíz de "empeoramiento evidente" de los contagios.

Los expertos llevan días defendiendo este cambio en la normativa, que ven clave para frenar el crecimiento de casos de la sexta ola de coronavirus y más de cara a un puente de la Constitución y a unas Navidades donde se prevé que los encuentros sociales típicos de estas fechas propicien otro repunte de los contagios.

Los magistrados sostienen que no pueden permanecer ajeno a la "enorme magnitud" de los efectos de la enfermedad, al ser de "notoriedad pública y general la gran cantidad de fallecidos, hospitalizados y afectados". Califica la situación de "monumental golpe" del covid a la "salud pública española", al "margen de los efectos de todo tipo que derivarán en el futuro". Subrayan que la aplicación del pasaporte de vacunación en restaurantes, gimnasios y residencias es proporcionada, necesaria y ponderada por el estado de la pandemia, que "vuelve" a agravarse.

Los jueces recalcan que las medidas solicitadas por la Generalitat resultan "idóneas" para la lucha contra la propagación del virus "en un entorno en el que la actitud jovial", la "aglomeración de personas", la "asociación a la interacción social" y la "dificultad de mantener la distancia social", entre otros aspectos. Estas circunstancias, argumentan, "pueden generar un mayor riesgo de contagio" por la "relajación de algunas cautelas".

A su entender, las nuevas restricciones también son proporcionadas, teniendo en cuenta que supone la posibilidad de reapertura de muchas actividades que habían quedado suspendidas por la pandemia. Y ponderadas, pues, en su opinión, la restricción de los derechos fundamentales es "mínima" ante la protección de la salud individual y colectiva y la vida". El TSJC critica el redactado del decreto de la Generalitat, que dista "mucho" de clarificar el régimen que se trata de establecer "hasta hacerlo pastoso" y "reiterativo".

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