Acuerdo sin juicio

Un año de prisión para los dueños del castillo hinchable del restaurante de Caldes donde murió una niña

Se considera que la pareja son autores de un delito de homicidio y seis de lesiones por imprudencia grave

Deberán pagar una multa de 5.400 euros y una indemnización de 640.000 euros más

Operarios y bomberos retiran el castillo hinchable del restaurante Mas Oller, en Caldes de Malavella, tras el accidente sucedido en el 2017

Operarios y bomberos retiran el castillo hinchable del restaurante Mas Oller, en Caldes de Malavella, tras el accidente sucedido en el 2017 / EFE / ROBIN TOWNSEND

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El juzgado penal número 2 de Girona ha condenado a un año de prisión y 5.400 euros de multa al matrimonio que regentaba el restaurante de Caldes de Malavella (Selva) donde el 7 de mayo del 2017 salió volando un castillo hinchable y causó la muerte de una niña de 6 años y heridas a seis menores más. La sentencia concluye que cometieron una negligencia porque la atracción tan solo se sujetaba con dos de los anclajes: "El trágico accidente fue consecuencia directa de la inobservancia de las medidas de montaje, seguridad y supervisión". Fiscalía, acusaciones y defensa han llegado a un acuerdo que ha evitado el juicio. Como los acusados no tienen antecedentes y se cumplen los requisitos legales, no tendrán que entrar a prisión.

"La voluntad era no tener que hacer un juicio que era terriblemente duro para todo el mundo, sobre todo para las víctimas, pero también para los acusados porque una acusación por imprudencia siempre comporta una realidad, que aquel que se encuentra acusado no quería que pasara aquella tragedia", ha explicado el abogado de la defensa, Carles Monguilod, en declaraciones a la ACN.

Una póliza superada

Los acusados, que en 2017 regentaban el restaurante Mas Oller de Caldes, se enfrentaban a una pena de 4 años de prisión. Fiscalía, acusaciones particulares y defensa han llegado a un acuerdo y el juzgado penal 2 de Girona ha condenado la pareja a 1 año de prisión y 5.400 euros de multa como autores de un delito de homicidio por imprudencia grave y seis delitos de lesiones por imprudencia grave. La sentencia aplica a los procesados una atenuante de reparación del daño porque han consignado parte del dinero para hacer frente a la indemnización para las víctimas y sus familias, de unos 640.000 euros. La aseguradora que tenían contratada ha aportado 600.000 euros, el límite de la póliza.

"Al final se ha conseguido una sentencia justa, a pesar de que lamentablemente nunca se podrá reparar el trágico daño causado a las víctimas", ha expuesto Monguilod, que concreta que la condena a la que se enfrentaban inicialmente los acusados era de cumplimiento y, con la conformidad, no tendrán que entrar a prisión. En la misma sentencia, el juzgado suspende la ejecución de la pena con la condición que los procesados no vuelvan a delinquir en un plazo de dos años.

"Dejadez total"

La sentencia recoge que pocos meses antes del accidente, en marzo del 2017, los acusados decidieron comprar un tobogán hinchable con el dibujo de Bob Esponja. Pagaron 3.000 euros. La atracción, que no tenía ninguna etiqueta que identificara el fabricante, tenía un total de 10 anclajes, pensaba unos 120 kilos y medía 5,2 metros de altura.

El acuerdo entre los amos del restaurante y el vendedor fue verbal. Como también las explicaciones que él dio al matrimonio sobre cómo funcionaba el hinchable. La atracción "no tenía documentación oficial, manual de instrucciones o normas de seguridad". La sentencia también expone que el acusado mostró una "dejadez total" a la hora de comprar el hinchable, porque "no se preocupó" al obtener la documentación de la atracción, comprobar la autenticidad y tampoco se informó sobre las revisiones, licencias o permisos necesarios ni sobre las normas de seguridad, vigilancia o montaje.

Solo dos anclajes

"A pesar de todo esto, los acusados mantuvieron la decisión de montar el hinchable, cosa que hacían todos los fines de semana cuando iban niños al restaurante y siempre que las condiciones climatológicas lo permitieran", subraya la sentencia. Montaban la atracción en una zona de césped y la sujetaban en tierra por los dos anclajes de la zona posterior: "Nunca se sujetaba por los anclajes delanteros porque el hinchable no contaba con las cuerdas necesarias". Esto contravenía la normativa de seguridad que exige que estas atracciones se fijen en tierra por lo menos en seis puntos, precisa la sentencia.

El día del accidente, el 7 de mayo del 2017, los acusados no estaban en el restaurante pero los trabajadores siguieron sus instrucciones y montaron la atracción, como hacían habitualmente. "Aquel día, fueron al restaurante varias familias, y los niños estuvieron jugando durante toda la mañana al hinchable, sin que ninguna familia recibiera instrucciones y sin que nadie se encargara de la supervisión y vigilancia del juego", dice la sentencia.

Ráfaga de viento

Hacia las 15.30 horas, se produjo una ráfaga de viento que provocó que se rompieran "los dos únicos anclajes que sujetaban la atracción a la tierra": "Esto hizo que se desprendiera de su base, se elevara primero de un lado y después del otro y, finalmente, se elevara totalmente hasta llegar a desplazarse 39 metros hasta el techo del restaurante". En aquel momento, había siete menores ensartados a la atracción.

"Los mismos técnicos no se acaban de explicar cómo pasó lo que pasó porque, si bien es cierto que estaba mal anclado y por eso hay la imprudencia, la manera como salió volando no se acaba de explicar, parece que fue una ráfaga que era prácticamente imposible de prever", ha indicado Monguilod.

Sin capacidad para actuar

Como resultado del accidente, una niña de 6 años murió y seis menores más resultaron heridos. La sentencia también describe la angustia que sufrieron los padres que "no tuvieron la más mínima capacidad de actuación para evitarlo".

En la vista, que se hizo en el juzgado penal número 2 el viernes, los acusados reconocieron los hechos y aceptaron la condena.