Informe a Justicia
El Supremo se opone a indultar a Juana Rivas, pero no se decanta ante uno parcial
La Sala Segunda se parte por la mitad al debatir la concesión en parte de la medida de gracia por la violencia de género
El informe remitido a Justicia incluye la posición de los partidarios y de los detractores de bajar a dos años la condena
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha descartado por unanimidad conceder un indulto total a Juana Rivas, a la que en abril rebajó a la mitad la pena de cinco años de cárcel que le había impuesto la Audiencia de Granada por la sustracción de sus dos hijos. Ante la posibilidad de uno parcial, que le bajara la pena a dos años, no se decanta y opta por la solución salomónica de incluir en el informe que ha remitido al Ministerio de Justicia -que es quien eleva una propuesta definitiva al Consejo de Ministros- tanto las posiciones a favor de la concesión como las contrarias.
El pronunciamiento sobre la medida de gracia parcial ha producido una división total de la Sala de lo Penal. El ponente, Andrés Palomo, era favorable de su concesión, pero solo aglutinó a otros siete magistrados, mientras que los otros ocho estuvieron en contra. La fractura se basa en si dan crédito o no a la justificación de Rivas de que huyó de Italia por ser víctima de violencia de género.
La Sala basa su insólito dictamen en que su función es ilustrar al Gobierno sobre los elementos que recomiendan o desaconsejan hacer uso del derecho de gracia y también la cumple reflejando el criterio de todos los integrantes de la Sala. “En nada se resiente, antes al contrario, se enriquece con la conjunta exposición de las razones sostenidas por unos y otros”, señala.
Violencia de género
Los partidarios de la concesión parcial son, además de Palomo, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer, Vicente Magro, Susana Polo y Javier Hernández. Entre sus argumentos figura que ya en la sentencia de abril que rebajó la pena a Rivas mostraron su "preocupación por conciliar adecuadamente los supuestos de violencia de género en el ámbito del Convenio de La Haya de 1980". No vieron posible rebajarle más la pena por las limitaciones del recurso de casación que tiene vedado alterar cualquier "extremo fáctico del relato de hechos probados" de la sentencia original.
"No se trata de que ahora nos pronunciemos sobre la existencia o no de violencia doméstica, de género o vicaria, o sobre a quién debe corresponder la custodia, tanto menos cuando es el objeto de los procedimientos que se siguen en Italia, en cuanto última residencia común y lugar donde se afirman cometidos los actos de la violencia denunciados", explican estos magistrados.
Pero demuestran tenerla muy en cuenta al recordar la condena del padre a tres meses de prisión por lesiones en el ámbito familiar y los informes italianos en los que el hijo mayor relata el temor que siente hacia él. Sostienen que debe prevalecer el interés superior del menor "sin que nada de ello prejuzgue sobre la realidad o ficción de los malos tratos".
El presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, y los magistrados Julián Sánchez Melgar, Miguel Colmenero, Pablo Llarena, Carmen Lamela, Eduardo de Porres, Ángel Hurtado y Leopoldo Puente discrepan de ese argumento, porque no le corresponde al Supremo pronunciarse sobre la violencia de género y no entienden cómo sus compañeros pueden querer rebajar una pena que impusieron en abril. Sostienen que "la naturaleza excepcional del indulto" obliga a que solo se conceda "por poderosas razones", relacionadas "con criterios de equidad", añaden.
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