¿Cómo está regulado el uso del cannabis en el mundo?
Más País lleva al Congreso un proposición para adecuar la normativa española a "la realidad social"
Propone que se permita el consumo recreativo con limitaciones
El encaje legal del cannabis en España llega a la Cámara Alta. El pleno del Congreso debate este martes la propuesta de Más País para establecer un marco regulatorio "acorde a la realidad social" respecto a una droga que a día de hoy no tiene encaje en la legislación española. Este incluye tanto su cultivo como la posterior comercialización y el consumo. Unidas Podemos y ERC también han preparado sus propias iniciativas.
Según la última Encuesta sobre Alcohol y Drogas en España (Edades), elaborada por el Ministerio de Sanidad y que se hizo pública este mismo año, el cannabis es la droga ilegal más consumida en el país entre la población de 15 a 64 años y la edad media de inicio de su consumo es ligeramente superior a los 18 años, una cifra que apenas ha variado en la última década. El consumo cae conforme sube la edad, pero siempre es superior en hombres que en mujeres. Cerca del tres por ciento de los encuestados reconocen recurrir al cannabis a diario.
El plan del partido de Íñigo Errejón es permitir el consumo recreativo de la planta en la vía pública (solo para mayores de edad) y con unas limitaciones muy similares a las que tiene el tabaco en la actualidad. Reconoce el derecho de asociación para su uso (tanto recreativo como terapéutico) y cultivo, pero no su publicidad.
Aunque pueda resultar chocante, lo cierto es que España no es ni mucho menos el primer país que aborda el debate de la legalización del cannabis. En el caso de aprobar un marco regulatorio, tampoco sería el territorio pionero en este sentido. Esta es la situación del cannabis en el mundo.
Países Bajos, un oasis en la UE
El cannabis está despenalizado en los Países Bajos, por lo que su venta (en los famosos 'coffee shops'), compra y consumo está permitido. En el caso de la distribución, está limitado a un máximo de cinco gramos por persona al día. En todo caso, no podrá hacerse en público. Eso sí, aunque es claramente contradictorio, la producción está perseguida y penada por la legislación holandesa si supera las cinco plantas y no es para uso personal. En caso de incumplir estos supuestos las penas pueden ser de cárcel. Este marco legal laxo es una excepción dentro de la Unión Europea. De hecho, es de sobra conocido que una parte del turismo que acude a Ámsterdam año a año lo hace atraído por esta 'tolerancia' a la marihuana.
EEUU y el uso medicinal
Como en otros muchos aspectos, la situación en Estados Unidos varía en gran medida en función del estado. El uso del cannabis con fines medicinales es legal en 37 estados y con fines recreativos se permite a los adultos en 18.
En 1970 la administración Nixon aprobó la Ley para el Control y Prevención del Abuso en el Consumo de Drogas, en la que se incluía al cannabis en la lista de sustancias con alto potencial de abuso y riesgo significativo para la seguridad, entre las que también estaban la heroína y el LSD. La tenencia de cannabis en límites superiores a los establecidos está penada con hasta un año de cárcel y multas superiores a mil dólares, castigos que se agravan en el caso de reincidencia.
Uso medicinal y despenalización
Además de EEUU y Países Bajos, el uso medicinal también está permitido en Canadá, México, Perú, Argentina, Chile, Finlandia, Alemania, Bélgica, Italia, Turquía o Australia.
Por otro lado, el cannabis está despenalizado en Jamaica, Costa Rica, Ecuador, Bolivia, Paraguay, Suiza, Ucrania o India. En este grupo estaría incluida España.
Sin embargo, son mayoría los territorios en los que no está permitido ni su consumo ni su venta ni su cultivo. Rusia, China, Francia, Brasil, Groenlandia o la totalidad de países que conforman el continente africano (excepto Sudáfrica, donde es plenamente legal), están en esta lista.
Leyes internacionales
A nivel internacional existen tres tratados que tratan el encaje legal del cannabis: a Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y la Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988. Aún así, la situación varía en gran medida en función de los territorios.
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