Desde la madrugada del viernes
El TSJC respalda el certificado covid para entrar en las discotecas de Catalunya
El tribunal considera que la medida es necesaria, proporcional y no vulnera gravemente derechos fundamentales
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha avalado este jueves la propuesta del Govern de exigir el pasaporte covid para poder entrar en discotecas. Con esta decisión, el ocio nocturno tiene ya luz verde para poder reabrir en interiores a partir de la madrugada de este viernes. El TSJC considera que el pasaporte covid es una medida "idónea, necesaria y proporcional" para poder reabrir un sector económico muy perjudicado por la pandemia --las discotecas llevaban más de 18 meses cerradas-. Asimismo, el tribunal opina que la medida no vulnera gravemente los derechos fundamentales de los usuarios. En su resolución, el tribunal también ha tenido en cuenta la mejora de los datos epidemiológicos de la pandemia en Catalunya, especialmente en los sectores más jóvenes.
En un auto, la sala contenciosa administrativa del TSJC ha decidido apoyar la propuesta del Govern, a la que también se ha mostrado favorable la Fiscalía, y autoriza exigir el certificado covid -que acredita la pauta de vacunación completa- para acceder a los establecimientos de ocio nocturno en interiores, o bien una prueba diagnóstica negativa.
El alto tribunal catalán ha decidido respaldar el certificado covid al considerar que posibilita la reapertura de muchos establecimientos que han permanecido cerrados durante meses con la "mínima restricción de derechos" que supone "la muestra de documentación exigida y la protección" de "la salud individual y colectiva y la vida". Además, señalan los magistrados, se trata de un instrumento "idóneo" para "la lucha contra la propagación del virus, en un entorno en el que, por su configuración arquitectónica, asociación a la interacción social, dificultad de mantener la distancia social con mascarilla, etc., puede generar un mayor riesgo de contagio por la relajación de algunas cautelas".
El auto, que se hace eco de la resolución del Tribunal Supremo que el pasado septiembre avaló el uso de esta herramienta en locales de ocio y restauración de Galicia -previamente rechazada por el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad-, también la considera "necesaria" dada la incidencia actual del covid-19 en Catalunya, que sigue estable pero con casi mil contagios diarios.
"El Informe de la Agencia de la Salud Pública de Catalunya muestra mejorías importantes, esperanzadoras, en la evolución del control de la pandemia, pero se considera que aún aparece completamente necesaria y justificada la adopción de medidas que permitan la lucha eficaz contra la propagación", señala el auto.
Aval previo de la Fiscalía
La sala ha optado por avalar el pasaporte covid después de que la Fiscalía Superior de Catalunya se haya mostrado favorable a esta medida al entender que es "idónea y necesaria" y no supone una "limitación de derechos fundamentales", dado que "no es general a todos los establecimientos ni obliga a todos los ciudadanos", sino que se dirige exclusivamente a quienes quieren acceder a esos locales.
Tras el aval de la Justicia, el ocio nocturno se convertirá en el primer sector de Catalunya que utiliza este instrumento, que se emplea desde hace meses para poder viajar, y que ya está avalado en otras comunidades autónomas como Galicia y Baleares.
Con la luz verde del TSJC, los usuarios podrán entrar en los establecimientos de ocio nocturno en interiores -hasta ahora solo están autorizadas las terrazas- con el certificado covid, disponible en el portal La Meva Salut para quienes cuentan con la pauta de vacunación completa, y que deberán acompañar del documento de identidad.
En caso de no tener la vacuna contra el coronavirus puesta, también podrán acceder presentando una prueba PCR realizada en un centro homologado no más de 72 horas antes o un test de antígenos hecho en las últimas 48 horas, que serán validados, al igual que el certificado covid, en la entrada al local. Serán los responsables de las discotecas y salas de baile -y no los usuarios- los que dispondrán de la aplicación desarrollada por el Govern para comprobar la validez de la documentación presentada.
Las discotecas reabrirán con el 70% del aforo permitido, el uso obligatorio de mascarilla excepto para beber, pista de baile y las mismas limitaciones horarias anteriores a la pandemia, es decir, hasta las 6 de la madrugada los viernes, sábados y las vigilias de festivo, y hasta las 5 horas de domingo a jueves.
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