Ley pionera en Catalunya
Catalunya multará con hasta medio millón de euros a quienes vejen a homosexuales
En las próximas semanas será nombrado el responsable del organismo que gestionará las sanciones
Los importes, que empezarán a aplicarse ya este año, oscilan entre los 300 euros a los 500.000 en los casos que sean considerados muy graves
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
A partir de este año podrán multarse hasta con 500.000 euros los actos más graves de discriminación que no están catalogados en la actualidad como delito penal. En las próximas semanas será nombrado el responsable del organismo previsto en la ley catalana de igualdad de trato y no discriminación aprobada por el Parlament el 18 de diciembre de 2020. A partir de entonces, se abre la posibilidad de empezar a tramitar las investigaciones y expedientes sancionadores por trato vejatorio o degradante por motivos de raza, religión o procedencia, entre otros; la exhibición en la calle de mensajes, pancartas y símbolos "discriminatorios" y la convocatoria de manifestaciones o actos políticos con ese contenido.
La secretaria general de Igualtat de la Generalitat, Mireia Mata, ha asegurado a EL PERIÓDICO que el Ejecutivo catalán nombrará en las próximas semanas a la persona que dirigirá la oficina entre un elenco de candidatos. Este organismo tendrá adscrito a personal de la función pública y a expertos en materia de no discriminación en el ámbito jurídico y en la mediación. Una de sus labores será incoar, de oficio o a instancias de terceros, investigaciones sobre posibles situaciones de discriminación que revistan "gravedad o especial relevancia", salvo las que constituyan un delito, que se remitirán a la justica.
Faltará por aprobar el reglamento que desarrollará este régimen sancionador y cuyo redactado está ultimando un grupo de trabajo en el que participan asesorías jurídicas de varios departamentos y juristas externos. Según Mireia Mata, el texto "está a punto de cerrarse" y podría estar aprobado a principios de 2022. Mientras este decreto no entre en vigor, el organismo aplicará el procedimiento de aplicación en los ámbitos de competencia de la Generalitat, sostiene la secretario general de Igualtat.
Reparación de la víctima
La ley regula las medidas y garantías básicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y la no discriminación. Además de las sanciones, otro de los propósitos de la ley es la prevención y la reparación de la víctima. La normativa detalla la tipología de discriminación, desde el antisemitismo, la homofobia hasta la xenofobia. Las multas oscilan entre los 300 euros a los 500.000 euros, las conductas muy graves. Fuentes jurídicas sostienen que podría perseguirse la exhibición pública de símbolos nazis en la medida que pueda ser el origen de una discriminación.
Entre las infracciones leves figuran las expresiones, la exhibición de pancartas y emblemas que fomenten actos discriminatorios. Como conducta grave se establece “la exhibición en la vía pública” de mensajes y símbolos discriminatorios o el anuncio de espectáculos, actos políticos, manifestaciones o reuniones públicas con ese contenido. Si esa convocatoria no solo tiene un carácter discriminatorio, sino que también atenta “contra la igualdad de trato”, vulnera la dignidad de las personas o promueve la intolerancia, el odio o la violencia, la multa puede llegar a los 500.000 euros.
El fiscal contra los delitos de odio de Barcelona, Miguel Ángel Aguilar, considera que la ley catalana es importante, aunque, en su opinión, debería precisar la posibilidad de que la fiscalía pueda remitir a este organismo casos que, tras investigarse, no sean delito, pero si merezcan una multa administrativa. En su última memoria anual propone que se redacte una ley a nivel estatal a semejanza de la catalana, con un catálogo de infracciones y sanciones, tanto pecuniarias como otras formulas orientadas a la reeducación del infractor y compensación a las víctimas por los perjuicios sufridos. A su entender, ese órgano debe ser autónomo y "lo más independiente posible desde el punto de vista político".
Formación para los policías y la seguridad privada
El fiscal Miguel Ángel Aguilar sostiene que es "indispensable" una "previsión legal" que permita contemplar con carácter "obligatorio" la formación en el principio de igualdad y no discriminación, así como en los delitos de odio, en todos los planes de los cuerpos policiales, del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), fiscalía, instituciones penitenciarias, pero también en la seguridad privada. Este jurista insta también a reformar el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para "profundizar" en la especialización en los delitos de odio, "superándose la mera y voluntaria delegación actual, carente de medios humanos y materiales".
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