Resoluciones judiciales

La justicia no avala el certificado covid para el ocio nocturno en Andalucía y en Cantabria

Galicia es la única comunidad en la que es obligatorio presentar el llamado 'pasaporte covid' para acceder al interior de los locales de hostelería

Unos trabajadores cierran las puertas de un local, el pasado día 8.

Unos trabajadores cierran las puertas de un local, el pasado día 8. / Jordi Otix

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no ha avalado que se exija el pasaporte covid para acceder al interior de los establecimientos de esparcimiento y de hostelería con música, una propuesta de la Junta.

Según ha informado el alto tribunal en un comunicado, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía considera en un auto que la propuesta no cumple el juicio de idoneidad ni necesidad para implantar una medida que afecta al derecho a la intimidad y al derecho a la no discriminación.

El Consejo de Gobierno ha acordado este martes pedir al TSJA el aval para implantar el certificado digital covid para acceder al interior de los locales de ocio nocturno, por lo que anunció que la medida no entraría en vigor hasta que el tribunal se pronunciara.

Galicia, la única

Galicia es la única comunidad en la que es obligatorio presentar el certificado covid para acceder al interior de los locales de hostelería, después de que en Cantabria haya decaído, una vez que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria haya suspendido cautelarmente este viernes el cierre del interior de los establecimientos que había pedido el Gobierno regional.

La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía entiende que es competente para analizar dicha ratificación judicial, puesto que la medida de implantar el pasaporte covid para acceder a los bares de copas y discotecas puede afectar a derechos fundamentales como el derecho a la intimidad personal, en cuanto que implica la necesidad de mostrar datos relacionados con la salud considerados de carácter sensible.

También se refiere al principio de no discriminación, dado que establece un trato diferenciado para el acceso a tales locales, basado en la posesión o no del mencionado certificado.