Nuevas restricciones
El TSJC avala limitar las reuniones a un máximo de 10 personas en Catalunya
El alto tribunal también autoriza la prohibición de acceder a parques y playas desde las 00.30 horas hasta las 6 de la mañana, así como el botellón en espacio públicos
Las medidas entrarán en vigor este mismo jueves

Comensales en la terraza de un restaurante en la plaza Reial de Barcelona / FERRAN NADEU


J. G. Albalat
J. G. AlbalatRedactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha avalado el límite de 10 personas en reuniones sociales en Catalunya propuesto por el Govern ante el avance del coronavirus, así como la limitación de acceso a los espacios públicos, como parques y playas, entre las 00.30 horas hasta las 6.00h. Tampoco se permite beber y comer en concentraciones en espacios públicos excepto para salidas escolares, actividades de intervención socioeducativas y ocio educativo. Al ser unas medidas que vulnera los derechos fundamentales debía de contar con la aprobación judicial. Hasta ahora era una recomendación.
Estas nuevas restricciones entran en vigor a primera hora de este mismo jueves, una vez publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC).
Esta medida se suma al cierre de toda la actividad nocturna (tanto interior como exterior) de bares, restaurantes, servicios a domicilio, locales de 24 horas y eventos culturales a las 00.30 horas de la madrugada. El Govern recomienda a los ayuntamientos que eviten las aglomeraciones de personas, lo que incluye las fiestas mayores.
El TSJC considera que petición de la Generalitat es una "respuesta imprescindible, adecuada y proporcionada ante una situación de riesgo para derechos fundamentales que en estos momentos deben primar, como son los relativos a la vida y a la salud". En este sentido, inciden los magistrados que las medidas preventivas de salud pública solicitadas vienen respaldadas por un informe de la Agència de Salut Pública de Catalunya. Este dictamen argumenta que estas restricciones obedecen “al súbito recrudecimiento de la pandemia tras un periodo de evolución descendente” y califica a las mismas de “indispensables para hacer frente, con garantías de éxito, a una nueva ola infecciosa que a día de hoy parece ir adquiriendo proporciones preocupantes”.
El abogado de la Generalitat describió, a partir del informe de la Agència de Salut Pública, los preocupantes datos actuales de la progresión del covid y el "impacto sobre los equipos de atención primaria", que debe hacer frente a un crecimiento en la atención a la demanda vinculada a la pandemia y a la vacunación. Con el actual nivel de 7/7 transmisión el dictamen de la agencia pone de manifiesto que "se puede sobrepasar la capacidad de respuesta del sistema sanitario."
- Hatim Azahri: 'Mi fortuna fue encontrarme con maestras que se fijaron en mi potencial, no en mi origen
- Las mafias se aprovechan del registro de parejas de hecho catalán para cometer fraudes de extranjería
- La DGT estrena nuevos radares camuflados que solo están en estas dos carreteras de España
- Los expertos avisan del estado del embalse más grande de España: el curioso motivo por el que está a menos de la mitad de su capacidad
- Los bomberos de Madrid, muy preocupados al quedarse el Manzanares a solo un metro de la A-6: 'Hay que estar muy alerta
- Los tres errores más comunes al suplementarse de omega-3, según el cardiólogo Aurelio Rojas
- ¿Cuándo dejará de llover en Barcelona y resto de Catalunya? Esto dicen los pronósticos
- Un programa terapéutico del Hospital de Sant Pau logra notables avances para superar la depresión