Nuevas restricciones
El TSJC avala limitar las reuniones a un máximo de 10 personas en Catalunya
El alto tribunal también autoriza la prohibición de acceder a parques y playas desde las 00.30 horas hasta las 6 de la mañana, así como el botellón en espacio públicos
Las medidas entrarán en vigor este mismo jueves
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha avalado el límite de 10 personas en reuniones sociales en Catalunya propuesto por el Govern ante el avance del coronavirus, así como la limitación de acceso a los espacios públicos, como parques y playas, entre las 00.30 horas hasta las 6.00h. Tampoco se permite beber y comer en concentraciones en espacios públicos excepto para salidas escolares, actividades de intervención socioeducativas y ocio educativo. Al ser unas medidas que vulnera los derechos fundamentales debía de contar con la aprobación judicial. Hasta ahora era una recomendación.
Estas nuevas restricciones entran en vigor a primera hora de este mismo jueves, una vez publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC).
Esta medida se suma al cierre de toda la actividad nocturna (tanto interior como exterior) de bares, restaurantes, servicios a domicilio, locales de 24 horas y eventos culturales a las 00.30 horas de la madrugada. El Govern recomienda a los ayuntamientos que eviten las aglomeraciones de personas, lo que incluye las fiestas mayores.
El TSJC considera que petición de la Generalitat es una "respuesta imprescindible, adecuada y proporcionada ante una situación de riesgo para derechos fundamentales que en estos momentos deben primar, como son los relativos a la vida y a la salud". En este sentido, inciden los magistrados que las medidas preventivas de salud pública solicitadas vienen respaldadas por un informe de la Agència de Salut Pública de Catalunya. Este dictamen argumenta que estas restricciones obedecen “al súbito recrudecimiento de la pandemia tras un periodo de evolución descendente” y califica a las mismas de “indispensables para hacer frente, con garantías de éxito, a una nueva ola infecciosa que a día de hoy parece ir adquiriendo proporciones preocupantes”.
El abogado de la Generalitat describió, a partir del informe de la Agència de Salut Pública, los preocupantes datos actuales de la progresión del covid y el "impacto sobre los equipos de atención primaria", que debe hacer frente a un crecimiento en la atención a la demanda vinculada a la pandemia y a la vacunación. Con el actual nivel de 7/7 transmisión el dictamen de la agencia pone de manifiesto que "se puede sobrepasar la capacidad de respuesta del sistema sanitario."
- Sumergir los pies en vinagre, la nueva tendencia que arrasa: estos son sus beneficios
- Rosalía disfruta de una cena familiar en un famoso restaurante del Born
- Illa replica a Aragonès y Puigdemont: "El uso del catalán ha retrocedido en una década de gobiernos de Junts y ERC
- Un final bochornoso en el Bernabéu
- El gran secreto para acabar con los pececillos de plata
- Olvídate de freír el huevo en la sartén: esta es la fórmula para hacer los mejores huevos fritos
- Álex ya está en casa: "Las Fuerzas Armadas nunca dejan a nadie atrás
- Este es el pueblo de Catalunya que participará en Grand Prix este verano