Fiscalidad

Una pareja canaria de hombres logra deducirse la maternidad

El Tribunal Económico-Administrativo de Canarias reconoce el derecho del matrimonio de poder beneficiarse de esta deducción estatal sobre el IRPF

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Amparo R. Montero

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Un matrimonio homosexual formado por hombres ha podido acogerse a la deducción de la maternidad sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por primera vez en el Archipiélago después de que el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Canarias les reconociese el derecho a poder hacerlo. Un hecho «sin precedentes» a nivel estatal que ha servido para crear jurisprudencia, según asegura Pablo Tejedor, el abogado del despacho especializado en procedimientos tributarios Hublo Legal, encargado del caso, adelanta 'La Provincia', de Prensa Ibérica.

Fue en 2017 cuando Francisco José Grimón Domínguez buscó ayuda profesional para iniciar el procedimiento que les posibilitara a su pareja y a él poder beneficiarse de esta deducción estatal que permite «minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años», según recoge la página de la Agencia Tributaria. Un derecho que, hasta ese momento, era exclusivo de las mujeres. «El problema es que la deducción se aprobó antes que la legalización del matrimonio homosexual –en 2002 lo primero y en 2005 lo segundo–, por lo que intrepretamos que no se podía extender a los matrimionios homosexuales, sobre todo los compuestos por hombres, porque en su momento no estaban reconocidos», señala el letrado. Así lo reconoce también la propia entidad estatal en un informe elaborado a raíz de la reclamación.

Una situación que desde Hublo Legal decidieron poner en conocimiento del Diputado del Común en Canarias. El caso fue derivado a la recién estrenada oficina de Igualdad y Violencia de Género cuya responsable es la adjunta Beatriz Barrera. «Nosotros lo vimos claro desde el principio. Abordarmos todos los temas que tienen que ver con Violencia de Género e Igualdad, esta última en todos los sentidos, por lo que nos parecía lógico que si una pareja de lesbianas puede acogerse a esta deducción también pueda haberlo una pareja de hombres ya que los roles familiares han ido evolucionando», asevera.

Impuesto estatal

A pesar de ello, al tratarse de un impuesto estatal, desde la Diputación del Común regional no tenían «competencias» para abordar el caso, por lo que lo remitieron al Defensor del Pueblo que lo trató desde su área de Hacienda. No obstante, «la estrategia se armó desde Canarias», apunta Barrera, quien también se encargó de hacer el seguimiento durante todo el tiempo que duró el proceso. «Prácticamente llamaba todos los meses para ver cómo iba el procedimiento. El mayor escollo en todo esto fue Hacienda porque tardó mucho en contestar», explica.

Finalmente, la Agencia Tributaria «aceptó su error» en 2019, si bien no se anularon las liquidaciones de los ejercicios anteriores. O lo que es lo mismo, desde la entidad asumían haber cometido esta discriminación, pero sin revocar el acto. «Al no hacerlo, esas liquidaciones se elevaron al Tribunal Económico- Administrativo Regional. Tribunal que, con anterioridad, había ratificado el criterio inicial de Hacienda por entender que la deducción preveía una discriminación positiva a favor de la mujer», apunta Tejedor.

«Sin embargo, el TEAR de Canarias en la Resolución dictada el pasado mes de mayo ha anulado las liquidaciones giradas a nuestros clientes. Ello, a pesar de reiterar su posición interpretativa al respecto, que no modifica, pero resolviendo a favor del contribuyente una situación inusual, como es tener que resolver la legalidad de un acto que el propio órgano administrativo que lo dictó considera que fue contrario a derecho», apostilla al respecto el abogado. De este modo, el órgano judicial reconoce el derecho de Francisco Grimón y su pareja a poder acogerse a la deducción por maternidad.

Un fallo, «provisto de lógica jurídica y sentido común» para Tejero, que no solo resuelve la lucha de sus clientes por sus derechos sociales, sino que además «equipara, a efectos de la deducción por maternidad del IRPF, el matrimonio entre hombres con el de las mujeres». Este hecho «ha supuesto un logro social con trascendencia a nivel estatal», asevera. Y es que son varias parejas homoparentales masculinas las que se han puesto en contacto con su despacho por el mismo motivo, tal y como él mismo cuenta.

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