Estas son las medidas aprobadas para discotecas y eventos masivos

El Consejo Interterritorial prohíbe fumar en la calle o espacios al aire libre cuando no se pueda respetar la distancia de dos metros

Sanidad y las autonomías se enfrentan por las condiciones de apertura de las discotecas y las medidas comunes en restaurantes

Una discoteca de Ibiza a rebosar de público en la temporada de 2019.

Una discoteca de Ibiza a rebosar de público en la temporada de 2019. / SERGIO G. CAÑIZARES

Patricia Martín

Patricia Martín

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El Consejo Interterritorial de Salud ha aprobado este miércoles medidas comunes en toda España para restaurantes y bares, la apertura progresiva de las discotecas y la celebración de actos masivos. La Declaración de Actuaciones Coordinadas (DAC) es de obligado cumplimiento, pese a que siete autonomías han mostrado su rechazo. Madrid, Andalucía, Galicia y Murcia han votado en contra, al igual que Catalunya, si bien el Govern por motivos competenciales. Euskadi también comparte que el documento invade sus competencias y por eso no ha participado en la votación y Castilla y León y Melilla se han abstenido.

Estas son las principales medidas aprobadas:

Ocio nocturno

La apertura de los locales de ocio nocturno se podrá autorizar cuando la comunidad autónoma esté fuera de los niveles de riesgo o en nivel de alerta 1, es decir, por debajo de 50 casos por 100.000 habitantes a 14 días.

El consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas.

No se podrán superar el 50% de aforo máximo en el interior del local. Si bien, las terrazas podrán ocupar la totalidad de las mesas, siempre asegurando la distancia mencionada. Las mesas tendrán un límite de 6 personas en interior y de 10 personas en exterior.

El horario de cierre de estos establecimientos será a las 02:00 horas ampliable a las 03:00 horas.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando autonomía esté en el nivel de alerta 2 (100 casos por 100.000), siempre y cuando los indicadores complementarios para la estimación del nivel de alerta presenten una evolución favorable, el gobierno regional podrá valorar autorizar la apertura de discotecas, con un aforo de un 30% en interiores. En los niveles 3 y 4 (alto y extremo), no se permitirá que suban la persiana.

Hostelería

En los territorios en nivel 0 (por debajo de 25 casos por 100.000 habitantes), el aforo permitido será de 50% en interior, pudiéndose incrementar en un 10% si se aplica un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire. En las terrazas se podrán ocupar la totalidad de las mesas, con una distancia de 1,5 metros entre las sillas. Además, se permite el consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada. Las mesas tendrán un límite de 6 personas en interior y de 10 en exterior.

En los niveles de alerta 1 a 4, se seguirá lo establecido en el documento de 'Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisión de COVID-19', conocido como 'semáforo'. El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a la 01:00 horas y se dejará de servir a las 24:00 horas.

Eventos masivos

En la nueva normalidad y los niveles de alerta 1 y 2, se establecen indicaciones generales comunes como por ejemplo que no se permitirá fumar, ni consumir otros productos del tabaco como cigarrillos electrónicos. La venta o consumo de alimentos y bebidas se realizará únicamente en el área destinada, en espacios cerrados. Asimismo, se reforzará la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento, así como en los momentos de entrada y salida. También se incluye la recomendación de que el público sentado tenga localidades preasignadas.

En los eventos y actividades multitudinarias se dispondrá también de carteles u otros medios informativos en los accesos principales y demás dependencias sobre las medidas preventivas y de seguridad sanitarias. Y, se adoptarán medidas para evitar posibles aglomeraciones y se dispondrá de un protocolo de limpieza y desinfección.

Los aforos permitidos en cada una de las situaciones (nueva normalidad, nivel de alerta 1 o 2) también se especifican en el documento aprobado. Cabe destacar que en los dos últimos niveles (alto y muy alto) no se celebrarán eventos multitudinarios.

Tabaco

El Consejo Interterritorial ha aprobado que se prohíba fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados. Esta medida se había discutido varias veces y algunas autonomías ya lo han implantado, pero por primera vez se acuerda a nivel nacional.

Vacunas

Tras la discusión sobre la segunda dosis para los menores de 60 años vacunados con AstraZeneca, el documento aprobado señala que las comunidades implementarán la campaña de vacunación siguiendo la estrategia de vacunación aprobada por la Comisión de Salud Pública. Asimismo, señala que las regiones deberán disponer de todos los materiales, equipos y recursos necesarios para la administración de las vacunas que provea el Ministerio de Sanidad.

Asimismo, las comunidades autónomas aportarán la información procedente de los registros y sistemas de información de vacunas, o de cualquier otro sistema con información de interés en el marco de sus competencias, al Registro Estatal de Vacunación gestionado por el Ministerio de Sanidad.

Estudio de seroprevalencia

El Consejo Interterritorial ha acordado, además, realizar la quinta ronda del Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-COVID tras alcanzar el objetivo de cobertura de vacunación del 70% de la población y, en todo caso, antes de que finalice el año 2021.

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