Decisiones opuestas de ambos TSJ
La Justicia avala el toque de queda en la Comunitat Valenciana y Baleares pero no en Euskadi
El lendakari Iñigo Urkullu ya anunció que en el decreto no se incluirán aquellas medidas que no hayan sido avaladas por el Tribunal vasco
El Colegio de Abogados de Madrid pide determinar si estas medidas son realmente necesarias y, en caso afirmativo, acordarlas con un nuevo estado de alarma

Una joven mira hacia la playa en el espigón de la Marina del Puerto de Valencia / Efe
La Comunitat Valenciana y Euskadi tendrán un diferente marco jurídico a partir de las 00.00 horas del domingo, ya que sus tribunales superiores de justicia han tomado decisiones opuestas ante el fin del estado de alarma del 9 de mayo.
En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha avalado la propuesta de la Generalitat de que se aplique un toque de queda entre la medianoche y las 6 de la mañana, y que las reuniones sociales sean de un máximo de diez personas.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal valenciano ha ratificado las limitaciones a la movilidad nocturna y a las reuniones sociales planteadas por la Generalitat, así como la limitación al 75 % del aforo en los espacios de culto. Al tratarse de medidas que afectan a derechos fundamentales, y dado que el domingo decae el decreto del estado de alarma en España, la Administración autonómica necesitaba la ratificación del TSJCV para poder aplicarlas. La decisión valenciana es la misma que la adoptada en Baleares el jueves.
Por contra, su homólogo vasco, el TSJPV ha dictaminado que no pueden mantenerse en Euskadi los confinamientos autonómico o municipales, el toque de queda nocturno ni el límite de agrupaciones de cuatro personas, al considerar que afecta a derechos fundamentales garantizados en la Constitución.
El lendakari, Iñigo Urkullu, ya anunció el jueves que en el decreto, que él mismo firmará, no se incluirán aquellas medidas que no hayan sido avaladas por el Tribunal vasco. De esta forma, pretende soslayar la interposición de recursos a las restricciones del Ejecutivo que lleve a "periodos de indecisión e incertidumbre" y que pueden suponer "la pérdida de efectividad" de las restricciones decretadas.
En Madrid, ante las dudas suscitadas sobre la posibilidad de adoptar medidas contra el covid-19 sin el estado de alarma, el Colegio de Abogados señala que los tribunales (al ser quienes autorizan restricciones como el cierre perimetral y el toque de queda) acaban siendo "copartícipes" de estas medidas, cuando deberían ser decididas exclusivamente por los responsables sanitarios, informa Ángeles Vázquez.
Por eso la institución aboga por la necesidad de determinar si estas medidas son realmente necesarias para luchar contra la pandemia y, en caso afirmativo, acordarlas mediante la declaración de un nuevo estado de alarma para ofrecer mayores garantías.
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