Para revisar las medidas anticovid
El Supremo ve "muy problemático" cumplir los plazos del Gobierno con el fin del estado de alarma
Crítica la "posición institucional" de "copartícipes" en la que el Gobierno coloca a los tribunales
Denuncia la imposibilidad de "en tan breve plazo" revisar las decisiones de los TSJ que coincidirán en el tiempo

La pandemia obligó a reinventar las relaciones sociales e, igual que hubo que aprender a vivir bajo el estado de alarma, ahora habrá que hacerlo sin él. Para saber cómo debe actuar el Tribunal Supremo el gabinete técnico de lo Contencioso-Administrativo ha analizado el decreto ley que le concede la última palabra en relación con la restricción de movimientos que podrán imponer las comunidades autónomas para luchar contra el covid. El objetivo es evitar la disparidad de criterios que se vivió entre los diferentes tribunales superiores de justicia a la hora de validar o no los confinamientos o cierres de actividad comercial adoptados, pero para el alto tribunal supone un "sobreesfuerzo" con un personal "ya saturado de trabajo con la dedicación que se pide al recurso de casación común y general".
El dictamen, de uso interno, es muy crítico con una reforma que hasta considera "muy problemático" poder cumplir "en tan breve plazo" (en referencia a los cinco días previsto por el Ejecutivo de Pedro Sánchez para resolver el nuevo recurso de casación) por motivos técnicos, pero sobre todo, "habida cuenta que al Tribunal Supremo accederán, probablemente en fechas coincidentes, recursos procedentes de cualesquiera tribunales inferiores de este orden jurisdiccional contencioso-administrativo".
A lo largo de 13 páginas, los letrados de lo Contencioso-Administrativo destacan el "impacto muy significativo" que tendrá en la Sala Tercera la reforma y se limitan a apuntar su "posible insuficiencia o inadecuación del rango de la norma empleada para regular una cuestión como esta, que incide en derechos fundamentales". También se permiten señalar el "problema de la constitucionalidad de la posición institucional en que se viene a situar a los tribunales de justicia, como una suerte de copartícipes ejecutivos en el proceso de adopción de medidas administrativas", con "competencias administrativas compartidas".
Reacción al marco anterior
No profundizan en esa crítica para centrarse en los problemas técnicos que plantea una reforma que consideran "evidente" que se presenta como "una reacción legislativa contra la interpretación jurisprudencial del marco legal anterior", momento en que recuerdan cómo el pasado mes de marzo el propio Supremo rechazó que pudiera revisar en casación las decisiones de los TSJ y de la Audiencia Nacional sobre las medidas anticovid.
El informe niega que su participación sirva siempre para "fijar doctrina" en relación con estas decisiones, porque los recursos presentados podrían ser inadmitidos a trámite por defectos formales o por carecer de interés casacional. Tras discutir quién puede impugnar o no, señala que los plazos previstos en la reforma deben basarse en presentaciones telemáticas, porque si no dar tres días a las partes para alegaciones y cinco hábiles al Supremo para pronunciarse sería insuficiente.
Aunque el documento no lo precisa, la Sala Tercera ha establecido que sea su Sección Cuarta la que se encargará de resolver este tipo de recursos.
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