El jurado declara culpable al acusado del crimen de la niña de Vilanova

El tribunal popular dictamina que el acusado agredió sexualmente a Laia y después la asesino

El veredicto recoge que la menor de 13 años no tuvo la oportunidad de defenderse

GRAF3754  BARCELONA  05 06 2018 - Mossos d esquadra custodian al detenido en relacion con el asesinato de una nina de 13 anos ayer en Vilanova i la Geltru (Barcelona) a su llegada a su domicilio para participar en el registro de dicha vivienda  en mismo bloque en el que viven los abuelos de la nina  y donde anoche fue encontrada muerta la menor  EFE Andreu Dalmau

GRAF3754 BARCELONA 05 06 2018 - Mossos d esquadra custodian al detenido en relacion con el asesinato de una nina de 13 anos ayer en Vilanova i la Geltru (Barcelona) a su llegada a su domicilio para participar en el registro de dicha vivienda en mismo bloque en el que viven los abuelos de la nina y donde anoche fue encontrada muerta la menor EFE Andreu Dalmau / Andreu Dalmau

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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La metió en su casa a la fuerza, la agredió sexualmente y, tras acuchillarla y colocarle en el cuello una correa de perro, la asfixió hasta matarla. Así lo declaró probado este viernes el jugado popular que ha dictado por unanimidad un veredicto de culpabilidad contra Juan Francisco López Ortiz, acusado de asesinar a Laia, una niña de 13 años, el 4 de junio del 2018 en Vilanova i la Geltrú. La pequeña bajaba sola por la escalera del bloque donde viven sus abuelos cuando el procesado la introdujo a la fuerza en su domicilio y la atacó. “Son uno de los hechos que más repugnan a la sociedad”, recalcó la fiscala Maria José Río, que ha reclamado prisión permanente revisable por el crimen y 10 años de prisión por la agresión sexual.

La madre de Laia no pudo ocultar su nerviosismo, que rozó los ataques de ansiedad, mientras el jurado desgranaba las pruebas contra López Ortiz y por goleada declaraba como probada (la mayoría de veces con nueve votos a favor y ninguno en contra) la versión de la fiscalía y de la acusación particular, ejercida por el abogado Juan Carlos Zayas. Ante el abrumados veredicto del tribunal popular, la defensa, que intentó demostrar que el acusado actuó bajo los efectos de la droga (argumento rechazado por el jurado), únicamente pudo esgrimir que su representado había reparado el daño al entregar la herencia de su madre para pagar las indemnizaciones la familia (las acusaciones dicen que no es verdad y que se le embargó) y que se le impusiera “la pena mínima”.

Al acabar, los padres y allegados de la pequeña se levantaron de sus asientos y aplaudieron al jurado, mientras la madre de la Laia se encaraba con el acusado mirándole y con la mascarilla bajada para que éste le oyera. De las filas de la familia, se oyó: “Te vas a pudrir en la cárcel”. Gritó que volvió a escucharse fuera de la sala. La tensión y el sufrimiento de esa familia durante los días de juicio estallaron de golpe. Ahora falta la sentencia.

Hasta la asfixia

El jurado sostiene que López Ortiz se abalanzó sobre la niña en el interior de la vivienda con “la intención de atentar contra su libertad sexual”, tapándole la boca y accediendo a su zona genital, donde se encontró una lesión. La niña apareció sin pantalones y con la camiseta levantada. Tras ello, y con “la intención de acabar con su vida”, clavó a la menor un cuchillo de cocina en distintas partes del cuerpo, haciendo presión con una correa de perro colocada en el cuello y “realizando otras maniobras de presión sobre su garganta”, lo que le causó la asfixia y la muere. El tribunal popular ha sido claro: Laia “no tuvo posibilidad alguna de defenderse” y el acusado “incrementó de forma deliberada e innecesaria” el dolor de la pequeña con golpes que le propinó y las heridas cortantes que le produjo.

 Los ‘nuevo hombre sin piedad” también fueron taxativos al determinar que el procesado no tenía mermada su capacidad intelectual o volitiva por el consumo de droga y alcohol, tal y como había declarado López Ortiz. En este sentido, el jurado destacó que los testigos, entre ellos los policías que acudieron a la vivienda, no observaron que el acusado tuviera signos de estar bajo los efectos de sustancia estupefacientes y que caminaba normal.