Acceso a la vivienda
El Gobierno prohíbe expulsar a 'okupas' si la entrada se produce sin "intimidación o violencia"
Modifica la norma aprobada en diciembre que permitía el lanzamiento en todos los casos

Dos okupas conversan ante la mirada de un agente, hoy, en Barcelona.
El Gobierno ha modificado la norma aprobada en diciembre que permitía el lanzamiento en todos los casos en los que hubiese delito, para matizar que no se podrá expulsar a los 'okupas' de una vivienda cuando la entrada en la misma se haya producido sin "intimidación o violencia".
Así, en la nueva redacción, introducida a través de un decreto ley de protección a los consumidores vulnerables, se establece que solo se permitirá el lanzamiento "cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas".
Así queda recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del real decreto ley de protección a los consumidores vulnerables que introduce este cambio con respecto a la Modificación aprobada en diciembre del Real Decreto-ley de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al covid-19.
- El norovirus llega a España: síntomas y prevención ante el brote de esta infección estomacal
- Maria Marcos: 'No tiene ningún sentido que una maestra de infantil ponga un cuento en Youtube en vez de explicarlo ella
- Aviso de la DGT: los ciclistas tendrán que llevar esta protección a partir de 2025
- Un pueblo de cuento a solo 40 minutos de Girona
- Georgia Sarquella-Brugada: 'Uno de cada mil niños tiene arritmias y suelen aparecer cuando dan el estirón
- Condenada a pagar tras caerse por una acera rota en Elche
- Niebla nevadora: el fenómeno que llega a Barcelona para Reyes
- El aviso del Meteocat para la cabalgata de Reyes en Barcelona y resto de Catalunya