Polémica lingüística en Catalunya

El TSJC obliga a la Generalitat a impartir una asignatura más en castellano en las escuelas catalanas

El tribunal ve "residual" el uso actual y fija un mínimo del 25% de la educación en esta lengua

Alumnos del colegio L'Esperança de Barcelona

Alumnos del colegio L'Esperança de Barcelona / periodico

J. G. Albalat
Olga Pereda
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Por enésima vez, la justicia ha dado alas a la partidista batalla lingüística con las aulas como trasfondo. Una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ordena a la Generalitat garantizar que todos los alumnos reciban un mínimo de 25% de clases en castellano como lengua vehicular, tras constatar que su uso es "residual" y solo llegan a ese porcentaje el 2% de las escuelas. Esta nueva resolución de los magistrados de la sala contencioso-administrativa del alto tribunal estima parcialmente un recurso que en 2015 presentó la Abogacía del Estado, en nombre del Gobierno de Mariano Rajoy, pero, a diferencia de otros dictámenes, el Ejecutivo catalán confía en que este apenas tendrá consecuencias efectivas por la próxima entrada en vigor de la nueva ley de educación, la 'ley Celaá', que blinda el sistema de inmersión lingüística. No obstante, la Generalitat anunció que recurrirá el fallo.

El independentismo ha salido en bloque a condenar lo que califica de "ataque" al modelo educativo catalán, mientras que PP y Cs han reclamado que se cumpla la sentencia, que obliga al Govern a "adoptar las medidas necesarias" para garantizar que "todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata" la enseñanza mediante la "utilización vehicular normal de las dos leguas oficiales en los porcentajes que se determinen, que no podrá ser inferiores al 25%. El objetivo es que este precepto abarque al "conjunto de alumnos", con el fin de "evitar un uso simbólico o residual".

La sala, que se remite a anteriores sentencias dictadas por el propio TSJC y el Supremo que, ante casos concretos de familias que denunciaban, obligan a impartir un 25% de clases en castellano, reprocha a la Generalitat que no haya "ejercido su competencia" para asegurar el uso de vehicular de ambas lenguas oficiales en las escuelas ni haya "ejercido una actividad de control" para garantizarlo. El tribunal llega a esa conclusión a raíz de la información que el Departament d'Educació le aportó en el marco de este proceso judicial que, según la sentencia, constata que el promedio de horas en castellano es del 18 % en la educación primaria, del 19 % en secundaria y del 26 % en bachillerato.

Únicamente cinco de los 184 centros de la muestra que la Generalitat entregó al TSJC imparten "íntegramente" en castellano el 25% de las áreas o materias -al menos una de ella troncal-, lo que supone que cumplen ese estándar "un 2 % de centros de educación primaria y un 12 % de los de bachillerato".

Rapapolvo a la Generalitat

De ello se deduce que "el uso vehicular de la lengua castellana en el sistema de enseñanza de Catalunya es residual, o el menos así es en una parte significativa de centros y grupos docentes", añade el TSJC, que advierte que ello constata "una infracción del marco jurídico vigente". Los jueces inciden que "la Generalitat no ha ejercido su competencia dictando la normativa, las instrucciones o los actos de aplicación que sean necesarios a los efectos de determinar el uso vehicular de las lenguas en la enseñanza, ni ha ejercido una actividad de control susceptible de evitar la citada situación".

La sentencia recalca que el uso vehicular mínimo del castellano debe ser del 25% de horas lectivas, de acuerdo con la jurisprudencia, y debe utilizarse "íntegramente" en al menos "una área materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análogo". El idioma empleado en el resto de horas lectivas, concreta, deberá ser determinado por la propia administración o por los centros docentes "en atención a circunstancias como el estado de la normalización de las respectivas lenguas oficiales según el lugar o la incorporación vehicular de terceras lenguas".

Por el contrario, la sala descarta que sean ilegales las resoluciones sobre el proceso de preinscripción en las escuelas, que el Ministerio de Educación había impugnado porque no incorporaban la posibilidad de que las familias optaran por el castellano como lengua vehicular en la primera enseñanza. Los magistrados desestiman esta petición dado que, con el cumplimiento del porcentaje mínimo del 25%, esta ya garantizaría el acceso y uso de ambas lenguas desde infantil. Y aclara que "el principio de no discriminación de los alumnos por razón de lengua establecido en el Estatut impone un sistema de única línea bilingüe, sistema que exluye por su propia naturaleza la libertad de opción por parte de los usuarios".

Recurso del Govern

Educació, que ha recordado que es la enseñanza es una materia traspasada a las autonomías y que son estas las que deciden, de acuerdo con la Constitución, bajo qué modelo lingüístico se desarrolla la docencia, ha anunciado que recurrirá la resolución del TSJC ante el Tribunal Supremo y ha afirmado que cuando entre en vigor la nueva ley educativa del Gobierno (LOMLOE, más conocida como 'ley Celaá' por el apellido de la ministra) "dejará sin efecto" el fallo judicial.

El 'conseller' de Educació, Josep Bargalló, ha afirmado que la política educativa "no la hacen los jueces" y ha lamentado que haya quien quiere "volver al pasado". La 'conselleria' ha criticado que la resolución del TSJC haya llegado antes a los medios de comunicación que al departamento.

Actual ley

En la actual ley educativa -la LOMCE o 'ley Wert'- se establece que "el castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son también en las respectivas comunidades autónomas, de acuerdo con sus estatutos y normativa aplicable". La norma incluyó muchos artículos, que luego fueron anulados por el Tribunal Constitucional, como el que instaba a la administración educativa a "garantizar una oferta docente sostenida con fondos públicos en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en una proporción razonable". También anuló el Constitucional el artículo por el que las comunidades pagarían el centro concertado o privado a aquellas familias que no pudieran escolarizar sus hijos en un colegio público con el castellano como lengua vehicular. El llamado 'cheque Wert' fue solicitado por 154 familias, que representan al 0,04% del alumnado.

Otra sentencia judicial obligó a los centros a dar un 25% de horas en castellano no a todos los alumnos sino a los que así lo requieran (más bien sus familias). En el último curso escolar, 12 familias lo solicitaron (lo que representa un 0,35% de los centros). Miembros destacados de la comunidad educativa explican que obligar ahora a ese 25% a 1,5 millones de alumnos y alumnas es desproporcionado, pero que, en todo caso, el Supremo decidirá.

En el curso escolar 2011-12, CiU y PP llegaron a un acuerdo para ampliar una asignatura más en castellano además de Lengua y Literatura Castellana. El acuerdo decayó y la batalla continuó en los tribunales. Como ahora.