SENTENCIA POR NEGLIGENCIA MÉDICA

El TSJC condena a Salut por la defectuosa asistencia en un parto

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J. G. Albalat

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"Lo que debía ser el día más bonito de mi vida se convirtió en un infierno". Ese es el recuerdo que guarda Montserrat del nacimiento de su hija, Nagore. Fueron horas y horas de parto, sin el control necesario de los servicios sanitarios, sufriendo los dolores característicos a solas con su marido, Marcelo. Y para remate: la negligencia del ginecólogo que la atendió. Al sacar al bebé con fórceps lo hizo de tal manera que rompió la clavícula a la pequeña. "Estiraba tanto que parecía que le iba a tirar de la camilla", explica el padre de la menor, que ahora tiene cinco años, y que continúa padeciendo las secuelas provocadas por la mala praxis del facultativo.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha enmendado la plana a un juez de lo contencioso que no admitió la demanda presentada por el matrimonio y ha condenado al Servei Català de la Salut (Catsalut), dependiente de la Conselleria de Salut, al Hospital Comarcal de l’Alt Panadés y la aseguradora Zurich al pago de una indemnización de 92.267 euros, más los intereses legales, unos 11.000 euros más. El alto tribunal catalán ha estimado el recurso de los padres de Nagore, presentado por la abogada Luisa Blanco Delgado, de los servicios del Defensor del Paciente,  al entender que el primer juez no había valorado correctamente la prueba y baso su decisión en un escrito que redactó el ginecólogo 10 meses después del alumbramiento.

La nueva sentencia de la Sección Cuarta de los contencioso-administrativo, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, sostiene que "hubo mala praxis" médica en la medida que "no se ha acreditado que a la paciente se le aplicaran todos los medios que están al alcance de la ciencia", a la vez que destaca que en el historial clínico faltaban datos sobre la evolución del parto que resultaban determinantes y "decisivos" para decidir cómo debía actuar el médico. Es decir, si era necesaria, por ejemplo, la cesárea. "Se ha producido una lesión antijurídica que es consecuencia de la defectuosa asistencia sanitaria dispensada", concluyen los magistrados.

Falta de control sanitario

Montserrat se puso de parto e ingresó en el Hospital Comarcal de l’Alt Penedès a las 8.29 del 3 de diciembre del 2015. Tenía 35 años y pesaba más de 100 kilos, un factor de riesgo que no fue controlado, según la demanda. Su hija, Nagore, nació a las 20.03 horas. "Todo iba bien al principio, pero al cabo de unas horas ni con la epidural se me iba el dolor. Nos dejaron solos a mi marido y a mí. De vez en cuando, asomaba el comadrón y nos decía: va, el último escalón. Después se iba. Esa frase me quedó marcada", recuerda Montserrat. "Era mi esposo quien me daba las indicaciones. 'Empuja, empuja', me decía".

A las 19.30 horas, apareció de repente el ginecólogo por la alteración de los registros y la posibilidad de que el feto empezara a sufrir. El médico quitó el electrodo para que el comadrón empujara la barriga de la mujer. Después, extrajo al bebé con el fórceps y no aplicó la denominada maniobra de McRoberts (hiperflexionar las caderas de la gestante). "Parecía que le iba a tirar de la camilla... Arrastraba a mi mujer de la fuerza que hacía", asegura Marcelo. Rememora que fueron momentos "dramáticos" y relata: "El médico nos dijo que había oído un crack y que posiblemente la clavícula se había roto. El traumatólogo comentó que era normal y que no nos preocupáramos. En un par de días nos enviaron a casa". Pero la niña no movía el brazo y "lloraba mucho".

El diagnóstico posterior del pediatra fue que la menor padecía parálisis branquial derecha, lo que le limita los movimientos del brazo. Nagore lleva dos operaciones (la última hace un mes) y posiblemente volverá al quirófano en más ocasiones por la parálisis branquial que padece. En la actualidad va cuatro veces por semana a un centro para rehabilitación y los padres cada día hacen los ejercicios para que su hija recupere el máximo de movilidad en el brazo. 

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