ALERTA SANITARIA INTERNACIONAL

Entra en vigor el cierre de bares y restaurantes en Catalunya

Entran en vigor las nuevas restricciones en Catalunya que cierran bares y restaurantes

Entran en vigor las nuevas restricciones en Catalunya que cierran bares y restaurantes. En la foto, el emblemático bar Zúrich, en la plaza de Catalunya de Barcelona, cerrado. / periodico

J. G. Albalat

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El cierre de bares y restaurantes acordado por la Generalitat por el covid ha entrado en vigor como estaba previsto este viernes. El Ejecutivo catalán no ha esperado el aval del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) , que tiene previsto pronunciarse hoy.  El Diari Oficial de la Generalitat (DOCG) ha publicado esta madrugada la resolución anunciando las nuevas medidas y su entrada en vigor de manera inmediata.

La resolución publicada en el DOGC incluye una disposición en la que se dejará en suspenso, hasta que el alto tribunal no decida, los tres aspectos que, a su entender, afectan a los derechos fundamentales de los ciudadanos: la prohibición de reuniones de más de seis personas, la suspensión de la actividad presencial en las universidades y la limitación del aforo en las actividades de culto.

Por lo tanto, no solo ha entrado en vigor esta noche el cierre de bares y restaurantes durante los próximos 15 días, sino también la limitación del aforo del  30% en los comercios, la suspensión de ferias y congresos y la clausura de parques y jardines a las 20 horas. A ello se suman a la suspensión de las competiciones deportivas. Según el Gobierno catalán, todas estas medidas se toman con "urgencia" para hacer frente al incremento de contagios por el coronavirus que se está registrando en Catalunya y cortar la expansión "lo antes posible".

Los errores de la Generalitat a la hora de requerir a la justicia su aval al nuevo paquete de restricciones por el covid es lo que ha provocado el caos y ha obligado al Ejecutivo catalán a tomar la decisión de publicar en el DOGC el decreto, con las salvedades sobre las medidas afectadas por la limitación de derechos fundamentales.

Requerimiento del tribunal

El TSJC requirió esta mañana a la Generalitat que con "la máxima urgencia", de forma priotaria y antes de las 13 horas corrigiera defectos de forma en su petición para que se autorice las nuevas restricciones por el coronavirus, así como que determine los puntos que afectan a los derechos fundamentales.

La sala de los contencioso-administativa instó al Ejecutivo catalán a que  incluyera una serie de datos que habían obviado en su escrito, como el número, la fecha y la firma del decreto sobre el nuevo paquete de restricciones. Los magistrados, además, instaron a que medidas necesitar autorización porque afecta a los derechos fundamentales, cuestión que no estaba detallada. Los jueces tenían serias dudas de que el cierre de bares y restaurante entraran dentro de este grupo. Al cabo de unas horas, la Generalitat volvió a presentar otro escrito, en el que ya precisaba algunos aspectos, pero no reparaban los defectos formales advertidos por los jueces.

La decisión de la fiscalía

La Fiscalía Superior de Catalunya, por su parte, no se ha opuesto a estas nuevas restricciones, según ha podido saber EL PERIÓDICO de fuentes de esta institución. Así lo ha expresado este jueves ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC)

El Ejecutivo catalán ha propuesto que los bares y restaurantes solo ofrezcan servicio de comida a domicilio o comida para llevar con cita previa. El Govern aprobará en los próximos días vía decreto ley ayudas económicas para el sector. Los restaurantes de hoteles solo podrán dar servicio a los clientes alojados. En los espacios comunes de los hoteles el aforo se debe limitar al 50%.

Comercios y gimnasios

La Generalitat reduce al 30% el aforo de los comercios y de los mercados ambulantes y al 50% el aforo de los gimnasios. Si no es posible, los clientes solo podrán entrar de uno en uno. Centros comerciales y locales de más de 400 metros cuadrados deberán tener sistemas de control del aforo. En estos recintos se restringe el acceso y y uso a zonas recreativas como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso.

En el ámbito de la cultura, se limita al 50% el aforo de actos. Los asistentes deberán estar siempre sentados y con asiento preasignado. El cierre de los locales culturales será a las 23.00 horas.