¿Se pueden aplicar confinamientos sin estado de alarma por los rebrotes de coronavirus?

El aumento de casos de covid-19 en el Segrià plantea el interrogante sobre qué medidas pueden tomar las comunidades autónomas para contener los casos

Control de los Mossos d'Esquadra en la entrada de Soses, uno de los pueblos afectados por el confinamiento en el Segrià, el 14 de julio del 2020

Control de los Mossos d'Esquadra en la entrada de Soses, uno de los pueblos afectados por el confinamiento en el Segrià, el 14 de julio del 2020 / periodico

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El <strong>confinamiento</strong> ordenado por la Generalitat en la comarca leridana del Segriàrechazado después por una jueza y aplicado por decreto del 'president' Quim Torra ha abierto un amplio debate en España sobre si es realmente necesario el estado de alarma para aplicar estas medidas, pero lo cierto es que no todos los confinamientos son iguales.

De hecho, bajo el <strong>estado de alarma</strong>, que es competencia exclusiva del Estado, se establecieron confinamientos domiciliarios en toda España, pero hay discrepancias jurídicas sobre si las comunidades pueden decidir este tipo de restricciones, más allá de confinamientos perimetrales o de inmovilizaciones en edificios concretos que han obtenido sin problemas el preceptivo aval judicial.

"Confinamiento en Lérida. El confinamiento no exigía estado de alarma... [...]. Mentirosos de los cojones". Este mensaje en Twitter del exportavoz de Cs en el Congreso Juan Carlos Girauta, que abandonó en mayo este partido por su apoyo a la prórroga del estado de alarma, dio paso a una polémica que trascendió las redes sociales y ha centrado estos días una parte importante del debate político.

Tras el mensaje de Girauta, compartido en Twitter más de 10.000 veces en dos días, y también ampliamente difundido en Facebook, han sido muchos los mensajes en redes y en medios de comunicación de quienes reprochaban al Gobierno haber aplicado el estado de alarma a su juicio sin necesidad, mientras otros defendían la opinión contraria y esgrimían a su favor el rechazo judicial al confinamiento de Lleida.

Sin salir del municipio pero ¿sin salir de casa?

¿Hace falta o no el estado de alarma para acordar y ejecutar el confinamiento de una población frente a posibles contagios de covid-19? Sí, si son confinamientos generales, como el que se empezó a aplicar en marzo. Por el contrario, para confinamientos perimetrales de municipios o aislamiento de personas en un edificio basta con una decisión autonómica, ratificada por el juez.

Pero, ¿puede una comunidad autónoma decidir el confinamiento domiciliario de uno o varios municipios, como ha hecho la Generalitat con la comarca del Segrià y ha rechazado una jueza de Lleida? En este punto, ni los juristas se ponen de acuerdo.

O se pide el estado de alarma o se suaviza el confinamiento

La titular del juzgado de instrucción número 1 de Lleida, en un auto que se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), ve "indiscriminada" y "desproporcionada" la medida y concluye que la Generalitat pretende "eludir" de forma ilimitada la aplicación parcial del estado de alarma, que es una competencia estatal para la que debería pedir permiso al Gobierno.

La resolución de la Generalitat incluso "parece una copia" del decreto de estado de alarma del pasado marzo, según esta jueza, que apunta en su auto las siguientes opciones: que la Generalitat solicite la declaración del estado de alarma para la comarca o que, en aplicación de la ley de Salud Pública, impulse la "individualización del confinamiento domiciliario" de los afectados.

Una ley de 1986, en el centro del debate

En contra del criterio de la jueza, la Generalitat sí se considera amparada por la ley 3/1986, que dispone que "con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible". Y por tanto ve innecesario solicitar al Gobierno de Pedro Sánchez el estado de alarma parcial para el Segrià.

El Gobierno apoya medidas autonómicas

El Gobierno, en principio, descarta un estado de alarma para controlar el brote de Lleida y no se quiere pronunciar a favor o en contra del confinamiento domiciliario de esa comarca, pero sí quiere dejar claro que el confinamiento perimetral es insuficiente y que el decreto de la Generalitat no invade las competencias estatales.

Eso sí, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha destacado que este caso prueba que "no hay plan b" al estado de alarma y ha reconocido la necesidad de contar con una herramienta legal que permita tomar medidas que afecten a una región o comarca sin tener que aplicar ese instrumento constitucional.

El Gobierno <strong>descarta un estado de alarma parcial </strong>para controlar el brote de Lleida porque sostiene que las comunidades disponen de las herramientas necesarias en el ámbito de sus competencias. Y el ministro de Sanidad, Salvador Illa, comparte con la Generalitat que hace falta ir "un paso más allá" del confinamiento perimetral de la comarca.

Sin revelar su opción preferida, el Ejecutivo señalaba este lunes que existen alternativas menos duras que el confinamiento individual, como el cierre o apertura de locales o la restricción de aforos en lugares públicos y comercios, aunque quizás no sean tan eficaces.

Illa, recordaba en ese sentido que los jueces han autorizado "confinamientos perimetrales de importantes contingentes" y confinamientos domiciliarios de tipo "más quirúrgico", en referencia a casos como la cuarentena de diez días que aplicó el Gobierno autonómico cántabro a finales de junio a los residentes de un edificio en Santander.

El Ministerio de Sanidad ha trasladado este lunes a las comunidades su "Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por covid-19", en el que se atribuye a las autoridades autonómicas las competencias de actuación en caso de brotes y se reafirma que, si suponen una privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental, deberán ser ratificadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo.

No obstante, para los casos en que el coronavirus pueda traspasar las fronteras de una comunidad, Sanidad no solo prevé la alternativa del estado de alarma parcial, sino también otro mecanismo: el de las actuaciones coordinadas en salud pública, que serían de obligado cumplimiento para todas las autonomías afectadas.