A juicio los dueños del restaurante donde murió una niña en un hinchable

La instalación la hizo ¿personal sin ninguna formación para realizar el montaje¿ y sin cumplir la normativa , según el juez

El castillo hinchable en unas imágenes de archivo

Imágenes del castillo hinchable, grabadas hace unas semanas. / periodico

efe

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El juzgado de Instrucción nº 2 de Santa Coloma de Farners ha considerado que hay indicios para juzgar a los dueños del Restaurante Mas Oller de Caldes de Malavella (Girona) en el que el 7 mayo de 2017 murió una niña de 6 años y otros seis niños resultaron heridos en el accidente de un tobogán hinchable.

El auto de incoación del procedimiento abreviado pone punto final a la instrucción y es el paso previo para llegar a juicio.

La resolución judicial sostiene que de las diligencias practicadas se infieren indicios de que la pareja regente del restaurante podría haber cometido un delito de homicidio por imprudencia grave y seis delitos de lesiones por imprudencia grave y establece como responsable civil directo a la aseguradora.

En el auto, la juez detalla los indicios que apuntan que la pareja de investigados, el 7 de mayo de 2017, día de los hechos, “acordaron instalar” en la terraza del restaurante “una atracción desmontable tipo tobogán hinchable”.

Además, apunta que la instalación la hizo “personal sin ninguna formación para realizar el montaje” y sin cumplir la normativa que establece un mínimo de seis puntos de anclaje para sujetarla, “dado que se instaló sólo con 2 anclajes en la parte posterior y ninguno en la delantera” –de los 10 existentes- y sin personal que supervisara el hinchable durante su utilización.

El auto también detalla que la atracción “no contaba con la homologación de la normativa europea sobre seguridad ni había pasado ninguna revisión anual”.

Durante la fase de instrucción el propietario declaró que antes de Semana Santa de aquel año dio una paga y señal a un feriante para comprarle el castillo y este dijo haberlo comprado sobre 2013 a una empresa de Mollerusa (Lleida), aunque el dueño de dicha empresa sostuvo que “no procedía de la fabricación oficial de la empresa", destaca el auto.

Además, según se desprende de la documentación remitida por el Ayuntamiento de Caldes de Malavella, “el restaurante carecía de la preceptiva licencia administrativa para realizar dicha actividad recreativa”.

El auto determina que “la falta de anclajes suficientes y de las garantías de seguridad pertinentes, además de la inexistencia de personal que supervisara la atracción” contribuyeron a que en un momento que hubo una ráfaga de viento se rompieran los dos “únicos” anclajes que sujetaban la base al suelo.

Esto hizo que “se elevara de forma parcial de un lado y posteriormente del otro y finalmente se elevara totalmente unos 6 u 8 metros yendo a parar al tejado del restaurante” –situado a unos 39 metros de distancia- mientras que 7 menores que se hallaban en la atracción se precipitaban desde diferentes alturas mientras se iba desplazando, detalla la juez.