Sentencia definitiva

Estrasburgo avala las 'devoluciones en caliente' en la frontera con Melilla

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala las devoluciones 'en caliente' en la valla de Melilla

Guardias civiles rocían con un extintor a inmigrantes que intentaban usar mecheros en la valla de Melilla. / periodico

Eva Cantón

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo avala la controvertida política de ‘devoluciones en caliente’ en la frontera de Melilla al entender que España no violó el convenio europeo cuando expulsó a dos subsaharianos el 13 de agosto del 2014.

Pese a condenar esta práctica en sentencias anteriores, la Gran Sala del Tribunal ha concluido este jueves que fueron los propios migrantes quienes se colocaron en una situación de ilegalidad al saltar la valla. El fallo, adoptado por unanimidad, es definitivo y no admite recurso.

“De manera deliberada intentaron entrar en España franqueando el dispositivo de protección de la frontera con Melilla en lugares no autorizados, dentro de un grupo, aprovechando el efecto masivo y recurriendo a la fuerza”, argumenta la corte.

El tribunal sostiene que la ausencia de una decisión individual de alejamiento se puede imputar al hecho de que los demandantes no usaron los procedimientos de entrada oficial existentes y que la ‘devolución en caliente’ se debe a su propio comportamiento. En definitiva, considera que España no ha violado el artículo 4 del protocolo del Convenio que impide las expulsiones colectivas, ni el artículo 13 sobre el derecho a un recurso efectivo.

El caso nació a raíz de la denuncia por la expulsión a Marruecos de dos ciudadanos –el maliense N.D. nacido en 1986 y el costamarfileño N.T nacido en 1985- que intentaron entrar ilegalmente en España saltando la valla de Melilla el 13 de agosto del 2014.

En octubre del 2017 el tribunal condenó a España por haberles entregado a las autoridades marroquíes en contra de su voluntad, sin ser identificados y sin ninguna medida administrativa o judicial previa. Entonces entendió que fue una expulsión colectiva contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos e impuso una indemnización de 5.000 euros a cada uno de los dos demandantes por daños morales. 

Medida del 2015

El Gobierno del Partido Popular legalizó las llamadas ‘devoluciones en caliente’ en 2015 abriendo la puerta a la expulsión inmediata de quienes sortean de manera irregular los puestos fronterizos de Ceuta y Melilla. A los migrantes no se les identifica, ni se les abre un expediente administrativo ni se les ofrece asesoría jurídica para determinar si pueden optar al asilo.

Organismos internacionales como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) o el Consejo de Europa, así como numerosas organizaciones no gubernamentales han denunciado esta norma al considerar que vulnera la legislación internacional de derechos humanos.

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha recordado este jueves en Canarias que las devoluciones se hacen en el marco de la normativa española y con las "garantías máximas" porque "la normativa española es trasunto de la normativa internacional en materia de derechos de los refugiados, en materia de los derechos de las personas solicitantes de protección internacional y con un control judicial efectivo ante de la devolución", informa Efe.