REFORMA DE LA LEGISLACIÓN CATALANA

La Generalitat trabaja para suprimir expresiones machistas del Código Civil de Catalunya

La Conselleria de Justícia está revisando el texto en base a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo

zentauroepp47272802 soc igualdad200115175038

zentauroepp47272802 soc igualdad200115175038 / periodico

J. G. Albalat

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

'Concebut' (concebido) por 'persona concebuda' (persona concebida).  'Masover' (masovero) por 'masoveria' (masovería). 'Un bon administrador' por 'persona buena administradora'. Esta es una de las propuestas que se bajaran en la revisión exhaustiva del Codigo Civil de Catalunya (regula las relaciones personales y patrimoniales en la comunidad catalana) que está realizando la Conselleria de Justícia para erradicar las expresiones sexistas y sustituirlas por otras que acaben con la invisibilidad de las mujeres. La feminización del texto será coherente de entrada con la nueva disposición del primer libro de esa normativa, que incluirá “la igualdad y la no discriminación por razón de género”.

El Govern aprobó en julio del 2019 la memoria preliminar del anteproyecto de ley de actualización del Código Civil de Catalunya. La Comissió de Codificació ha recogido propuestas, pero todavía faltan algunos trámites para que el texto llegue al Parlament. La previsión es que el nuevo redactado esté definido para el próximo mes de mayo.

Protección de la mujer

No será una mera sustitución de palabras, sino que la reforma tiene más calado. Por ejemplo, se precisará que “corresponde a la mujer la decisión sobre la interrupción voluntaria de su embarazo en las condiciones que determinen la ley” y  se fijará que las asociaciones o fundaciones con participación mayoritaria de la Generalitat tengas una composición paritaria en sus órganos de gobierno.

Respecto a las reclamaciones de paternidad, el código catalán dedica un artículo a las “relaciones sexuales de la madre con otros hombres” en el periodo de concepción de la criatura. La norma protege a las mujeres ante padres que, con este pretexto, pretendan escabullirse de su responsabilidad. Es decir, que la prueba de relaciones sexuales de la madre con otros hombres durante ese periodo de concepción es insuficiente para cuestionar la paternidad. Sin alterar el objetivo, se suprimirán frases como “las relaciones de la madre con un hombre diferente” y se cambiarán por una redacción que ponga más énfasis en las pruebas de ADN para determinar la paternidad, dejando de lado “la evidente irrelevancia” del número de hombre con quien la madre haya tenido relaciones sexuales.