DEPENDENCIA

Solo el 6% de las cuidadoras de Catalunya cotizan pese a que lo paga el Estado

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Beatriz Pérez

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Solo un 6% de las cuidadoras no profesionales de personas dependientes en Catalunya están dadas de alta en la Seguridad Social, pese a que, desde el pasado marzo, está en vigor el real decreto ley 6/2019 mediante el cual la Administración General del Estado se hace cargo de las cotizaciones. Así, si en Catalunya hay 80.000 personas a las que se les ha reconocido una prestación económica por dependencia, solo 5.000 cuidadoras no profesionales están afiliadas a la Seguridad Social, algo que les permite acceder a prestaciones como una pensión digna cuando se jubilen. Son estadísticas del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social a las que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

Catalunya es, junto con las Islas Baleares, Madrid y Castilla y León, una de las comunidades autónomas con menor proporción de convenios especiales por prestaciones económicas reconocidas. Ello a pesar de que solo hace falta que la Administración de la comunidad autónoma les comunique a las cuidadoras de dependientes este derecho recuperado por el decreto ley 6/2019 del pasado mes de marzo. Se trata de un derecho que dejó de existir en el 2012 con el Gobierno del PP, que modificó la normativa: a partir de ese momento, las cuidadoras pasaron a hacerse cargo ellas mismas de la Seguridad Social. Muchas dejaron de cotizar.

Para la Conselleria de Treball, Afers Socials i Famílies, el que en Catalunya haya tan pocas cuidadoras profesionales cotizando tiene dos explicaciones. Una es que "los familiares que ejercen de cuidadores a menudo ya tienen un trabajo" y, por tanto, "no les sale a cuenta" porque "ya cotizan en la Seguridad Social". Con carácter general, para suscribir un convenio especial de cuidadores no profesionales es preciso que esta persona no se encuentre en situación de alta en ningún otro régimen de la Seguridad Social a tiempo completo, desempleo o sea perceptor de determinadas prestaciones.

La segunda explicación, según la Conselleria, es que "las cuidadoras ya están jubiladas en muchos casos" (por ejemplo, el típico caso de la mujer que cuida de su esposo mayor).

"Hay que recordar también que, con el decreto 1050/2013, el Estado penaliza económicamente a aquellas comunidades con un número de prestaciones económicas por encima de la media española, como es el caso de Catalunya. Pedimos su derogación", critican estas fuentes. En todo caso, la cotización de las cuidadoras por cuenta del Estado no es una prestación autonómica.

De un modo u otro, el escaso porcentaje de cuidadoras dadas de alta en Catalunya con ayuda del Estado (6,3%) contrasta con el 23,19% del País Vasco (una comunidad con muy alto nivel de ayudas autonómicas); el 22,15% de Galicia; el 20,55% de Asturias; el 16,48% de la Comunidad Valenciana o el 16,15% de Cantabria.

423.010 dependientes en España

En toda España, un total de 53.420 cuidadoras no profesionales se han afiliado, en los últimos ocho meses, a la Seguridad Social. En el origen de la medida adoptada por el Gobierno está el propósito de conseguir, con la colaboración de las comunidades autónomas, que todas las cuidadoras no profesionales que atienden a las 423.010 personas que tienen reconocida una prestación por dependencia disfruten de cotizaciones a cargo de la Administración del Estado. Así, los años dedicados al cuidado de la persona dependiente, a menudo del entorno familiar, se integran en su vida laboral y contribuyen a generar derecho a prestaciones como la de jubilación o la de incapacidad permanente.

La asunción por parte del Estado del abono de las cotizaciones da cumplimiento al real decreto ley 6/2019 de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Esta medida ha beneficiado en su mayoría a mujeres, ya que el 89,35% de los convenios especiales de cuidadoras no profesionales están suscritos por ellas: un total de 47.734. El resto, el 10,64% (5.636) son hombres.

Cómo suscribirse

Este convenio especial está dirigido a las personas designadas como cuidadoras no profesionales en el Programa Individual de Atención, elaborado por los Servicios Sociales correspondientes al municipio de residencia de la persona que lo solicita. Para sucribirlo es necesario que quien desarrolla la actividad no esté dada de alta en la Seguridad Social. Además, quien recibe los cuidados debe tener reconocida la prestación económica de dependencia para dar opción a la persona que se ocupa de su cuidado a suscribir el convenio especial.

La solicitud debe presentarse en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social o en la sede electrónica utilizando el servicio de "alta en convenio especial". Si al suscribir el convenio se opta por la base de cotización equivalente al tope mínimo del régimen general, el pago de la cuota será asumida en su totalidad por la Administración. Si quienes se dedican a los cuidados no profesionales optan por una base de cotización superior, la Administración del Estado asume la cuota correspondiente a la base mínima de cotización y la persona que cuida paga por el resto.