imputado por la Fiscalía y la Abogacía del Estado

Absuelto Borja Thyssen al no acreditarse el delito fiscal

La Fiscalía estudia recurrir la absolución de Borja Thyssen por delito fiscal

Borja Thyssen, junto a su abogado

Borja Thyssen, junto a su abogado / periodico

El Periódico / Agencias

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El Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid ha absuelto a Borja Thyssen de un delito contra la Hacienda Pública del que le acusaban la Fiscalía de Madrid y la Abogacía del Estado al no quedar acreditado que simulara residir en Andorra para evitar tributar en España. La Fiscalía de Madrid estudia recurrir la absolución, según fuentes fiscales.

Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el juez declara absolver a Thyssen de un delito fiscal correspondiente a 2007. Con esta resolución cabe interponer en el plazo de diez días un recurso de apelación ante la Audiencia de Madrid. En el fallo, el juez concluye que no ha quedado acreditado que "el acusado residiera en España durante el año 2007 más de 183 días" ni que fuera residente el año anterior.

Por ello, señala que no ha quedado "cumplidamente acreditada la existencia de dicho delito y la participación de dicho acusado en el mismo al no haberse practicado prueba de cargo bastante y suficiente para su incriminación". En la argumentación, el magistrado expresa sus dudas respecto a la obligación contribuyente del hijo de la baronesa, por lo que en virtud del principio 'in duo pro reo' le conduce a dictar una sentencia absolutoria, ya que la acusación se debe "asentar en pruebas". Durante la vista oral, comparecieron los escoltas de la familia, un representante de la revista 'Hola' y peritos inspectores de la Agencia Tributaria.

Responsabilidad personal subsidiaria

En el juicio, el hijo de la baronesa defendió que su residencia en 2007 estaba fijada en Andorra, sin tener obligación de tributar en España. Los inspectores de Agencia Tributaria afirmaron que ese año vivió "al menos 356 días" en nuestro país como lo demostraban sus movimientos bancarios, facturas y los cuadrantes de los escoltas personales de la familia Thyssen.

La fiscal y la Abogacía del Estado, representada por Rosa María Seoane (que estuvo en el juicio del 'procés'), le acusaban de un delito contra la Hacienda Pública del artículo 305 en relación con el Impuesto sobre la renta de las personas físicas del año 2007. El representante del Ministerio Fiscal pedía la pena de prisión de dos años  prisión de dos añosy multa por importe de 595.000 euros con tres meses de responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago. Además, reclamaba que indemnice a la Hacienda Pública la cantidad de 592.557,72 euros.