Nuevo dictamen

Las policías abren sus protocolos de actuación a la sensibilidad 'trans'

Policía Nacional vigila durante la celebración del Orgullo Gay

Policía Nacional vigila durante la celebración del Orgullo Gay / JOSÉ LUIS ROCA

Juan José Fernández

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Las y los ertzainas deberán cachear a una persona detenida según el género al que manifieste pertenecer, y no por su apariencia de hombre o mujer o por cómo le vea el policía. Así lo establece un informe interno de la Dirección de Régimen Jurídico del Gobierno Vasco al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, y que dedica cinco páginas a dilucidar si a un transexual debe palparle un o una agente.

Su conclusión es que "los funcionarios y funcionarias de la Ertzaintza están obligadas a realizar los registros corporales a personas transexuales atendiendo a la autopercepción de la identidad de género de la persona a registrar, sea la que figure en su DNI, en el caso de haberse reasignado el sexo registral, sea conforme a lo manifestado por la persona".

En caso de duda sobre el género de la persona detenida, el ertzaina deberá consultarle "sobre su identidad o autopercepción de género de modo sutil y educado". Y todo siempre que no exista "una situación de urgencia por riesgo grave o inminente para los agentes".

Quejas de mujeres policía

El letrado Eugenio Arteche emitió el dictamen este lunes, a instancias de la secretaría general de la Ertzaintza. Su pronunciamiento "estriba en la duda", remitida por la cúpula de la policía vasca, sobre si una funcionaria policial "puede ser obligada a registrar a una persona transexual cuya voluntad es sentirse mujer pero sus atributos físicos son de un hombre".

Los servicios jurídicos del Gobierno Vasco recuerdan lo que mandan la Constitución y la ley vasca 14/2012 de 28 de junio sobre "no discriminación por motivos de identidad de género".

El letrado Arteche argumenta que "las administraciones públicas vascas, en todos y cada uno de los casos en los que participen, obrarán teniendo en cuenta que las personas deben ser tratadas de acuerdo con su identidad de género, la que se corresponde con el sexo al que sienten pertenecer".

El origen de la consulta está, según fuentes policiales, en objeciones de mujeres ertzainas que en Bilbao cachean a transexuales no transformados quirúrgicamente, así como en quejas de transexuales detenidos al llegar a comisaría.

Según el informe, una mujer policía no puede negarse a cachear a un transexual dotado de pene, pues lo contrario violaría su derecho a la no discriminación por razones de género. Prima la obligación a cachear "asépticamente" y "sin el menor ánimo que no sea profesional".

Cuestión "compleja"

El dictamen admite que "no existe en la actualidad una regulación legal explícita sobre el modo de abordar la práctica de cacheos corporales por la policía". La jurisprudencia del Tribunal Supremo dice que "cualquier cacheo que se practique deberá realizarse por personas del mismo sexo".

La cuestión, cree el informe, es "compleja", pues "la casuística es más variada": transexuales operados, no operados, operados en parte o en proceso de reasignación, y eso sin entrar a considerar a las "personas transgénero, que no tienen una identidad de género definida".

El abrupto final de la legislatura dejó en el alero del Congreso una proposición de ley sobre derechos de las personas LGTBI que iba a despatologizar el cambio de sexo, para que sea reconocido con una simple anotación registral, y no con el requisito actual de al menos dos años de tratamientos médicos probados.

Esa proposición de ley, que se retomará esta legislatura, recogía la obligación de "un adecuado trato a las personas LGTBI que se encuentren detenidas en dependencias policiales".

Las mossas, también

Parecidas dudas se han planteado otras veces y en otros cuerpos policiales. Los mossos que salen a la calle suelen recibir la instrucción en los briefigns previos a la patrulla de que, "en caso de duda o urgencia actúen según el DNI", relata una fuente policial catalana.

Una orden interna de los Mossos d'Esquadra establece un protocolo según el cual "el registro lo han de hacer funcionarios del mismo sexo que la persona registrada", salvo "situaciones urgentes y de riesgo elevado, que deberán ser debidamente justificadas".

Los mossos deben "respetar la identidad sexual sentida", dice esa orden, que diferencia el género que figure en el DNI de "el sentimiento de pertenencia a un determinado sexo".

En la realidad pocas veces es posible: "En un coche patrulla que acude a un incidente no hay siempre un hombre y una mujer para que el detenido pueda elegir", resume una mossa barcelonesa.

Fuerzas del Estado

Guardias civiles y policías nacionales se rigen por la instrucción 12/2007 de la Secretaría de Estado de Seguridad. Ese protocolo obliga al "máximo respeto a la identidad sexual de la persona cacheada". Para quienes van al calabozo, una instrucción de 2018 de la Secretaría prevé que el registro "se llevará a cabo por dos agentes, uno de los cuales, del mismo sexo que el detenido".

Eso, sobre el papel. Sobre el asfalto, a falta de tiempo y personal variado, prima "el sentido común… y un gesto de autoridad si la persona detenida está alterada, agresiva o drogada, que es lo más frecuente", relata en Madrid un veterano policía nacional.

Pese a la ausencia de ley -y la abundancia de reglamentos-, los colectivos LGTBI no detectan un número significativo de quejas por trato degradante en cacheos. "No es ese el principal problema de discriminación de las administraciones", relata desde Valencia Antonio Moreno, enlace del colectivo en el PSPV-PSOE y colaborador de los observatorios de homofobia de Alicante y Madrid.

En la Comunidad Valenciana, voluntarios LGTBI imparten charlas a las policías locales. Moreno resume el espíritu de esa formación: "Ante una persona detenida, el policía debe mejor mirar qué tiene en la cabeza, que qué tiene entre las piernas".

Respeto entre rejas

Si frecuentes son los cacheos en la calle, <strong>más lo son en las prisiones. </strong>Y bajo el mismo principio del dictamente vasco recien emitido.