LA JUSTICIA EN EL PUNTO DE MIRA

Europa investiga si España vulnera los derechos del menor en casos de abusos

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J. G. Albalat

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El Parlamento Europeo está investigando si España garantiza los derechos de los menores que denuncian haber sufrido abusos sexuales o malos tratos en el ámbito familiar y la posible vulneración del marco normativo de la UE. La demanda fue presentada por una serie de colectivos y fue tramitada hace unos tres años por la eurodiputada gallega Lidia Senra, del Grupo de la Izquierda Unitaria Europea. La comisión de peticiones de la Eurocámara informó en octubre del 2016 que se había observado "una posible aplicación indebida del interés del niño como una consideración primordial". Desde entonces el asunto está encallado. Las denunciantes sostienen que el Gobierno español no ha presentado sus alegaciones. Senra ha solicitado ahora las autoridades europeas que le informen sobre el estado en que se encuentran las pesquisas. 

La comisión de peticiones del Parlamento Europeo apunta la posible aplicación indebida de tres cuestiones primordiales para el interés del menor quedenuncia haber padecido abusos sexuales o malos tratos. En primer lugar, destaca el uso generalizado del denominado síndrome de alineación parental (una hipotética manipulación del niño por parte de la madre en contra del padre). Esta presunta patología no está  avalada por la comunidad científica internacional, ni por ningún organismo sanitario. Con este argumento se anula el principal testimonio: el del niño víctima del trato vejatorio.

El Consejo General del Poder Judicial ha instado a los jueces a que no lo utilicen porque se culpa a las mujeres de los "miedos o angustias razonables de los niños hacia su padre violento".  No obstante, existen magistrados que todavía lo incluyen en sus resoluciones. Incluso, hay mujeres a las que ha retirado la custodia del menor en base a este mal llamado síndrome tras haber denunciado al padre del pequeño por abusos sexual o malos tratos.

La versión del menor

La segunda razón sobre el presunto incumplimiento de las normas de la UE es la "supuesta" falta de credibilidad que se le otorga a la declaración de la víctima menor de edad. La mayoría de las denuncias penales son archivadas por la justicia por falta de pruebas. Como suele ocurrir en estos casos, es la versión del niño, que normalmente explica lo sucedido a la madre o algún pariente cercano, contra la de la persona acusada de este delito. En la mayoría de los procesos judiciales de estas características no se cuenta con otros indicios que corroboren la imputación contra el agresor, menos cuando hay secuelas físicas de la agresión sexual. Los informes de los servicios sociales o médicos han sido cuestionados en algunas sentencias por la falta de rigor o por utilizar términos, como el síndrome e alineación parental o preocupación mórbida de la madre, no científicos.

Otro de los puntos cuestionados por la comisión de peticiones del Parlamento Europeo es la "supuesta falta de asistencia psicológica a los menores víctimas sin consentimiento de los padres". Según los colectivos denunciantes, las condiciones en las que actualmente se recoge el testimonio de la víctima "se aleja de los preceptos asentados en las directivas europeas".

En su escrito, el Parlamento Europeo enumera algunos incumplimientos: los plazos de espera que se prolongan meses durante los cuales los menores no suelen recibir protección, con lo que implica el paso del tiempo en la capacidad de recordar detalles del suceso;  las entrevistas se realizan por profesionales sin especialización en atención a las víctimas y la "repetición de intervenciones por problemas de coordinación interinstitucional" y falta de concreción de las mismas, lo que provoca la "fatiga y sufrimiento añadido" en los menores.

Al entender, de las entidades demandantes (Asociación Rede de Muulleres Veciñais contra os Maltratos de VigoAgamme Antigona). además. se limita el derecho de los niños (en condiciones adaptadas a sus necesidades) en función de la edad: 9 años en vía penal y 12 años en la jurisdicción civil. También criticar que existe "sesgo de género" en esta práctica judicial, que menoscaba el derecho a la tutela judicial efectiva de mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas de abusos sexuales en el entorno familiar. La queja asegura que existe una "práctica judicial asentada" que denota una "errónea" transposición de dos directivas europeas en la legislación española: la relativa a la lucha contra los abusos sexuales y explotación sexual de menores y la referida a las normas mínimas sobre los derechos y la protección de las víctimas de estos delitos.

Falta de diligencia

La Eurocámara sostiene en su informe de admisión de la demanda que "podría existir una falta de diligencia en la instrucción de los casos de abusos sexuales a menores, incluidos los supuestos retrasos injustificados en la toma de declaración de las víctimas y el número supuestamente excesivo de los interrogatorios". En lo que se refiere a la aplicación de la normativa sobre los derechos de las víctimas, señala que está realizando un seguimiento de la "exhaustividad y exactitud" de la directiva europea en todos los Estados miembros, incluida España.

En esta resolución, la comisión de petición de la cámara europea señala que para aquellas directivas europeas que sí están transpuestas a la legislación española de manera conforme, "pero que no son debidamente aplicadas", investigará "si las supuestas violaciones se producen de manera sistemática". También evaluará si la normativa de la UE referida a la protección de las víctimas de delitos ha sido bien aplicada en la legislación nacional.