Violencia machista
El Supremo eleva la pena a un hombre que agredió a su pareja por "agravante de género"
El encarcelado acuchilló e intentó asfixiar a la mujer al tiempo que gritaba: "Si no eres mía, no eres de nadie"
El Tribunal Supremo ha elevado de 5 a 6 años y medio de prisión la condena a un hombre que acuchilló e intentó asfixiar a su pareja, al acreditar el intento de dominación del acusado, que quitó el móvil a la mujer creyendo que hablaba con otro y le agredió mientras decía: "Si no eres mía, no eres de nadie".
Se trata de la primera vez en la que el Supremo entra a analizar la circunstancia agravante de género y con su sentencia marca la pauta para el resto de casos, han informado a Efe fuentes del tribunal.
La Sala de lo Penal estima el recurso del fiscal y aplica a este caso la agravante en una sentencia en la que corrobora "el intento de dominación del acusado sobre la víctima y su consideración de esa concreta mujer como un ser incapaz de tomar decisiones sobre los aspectos más personales e íntimos de su vida que pudieran merecer alguna clase de respeto".
Cuchilladas
Los hechos ocurrieron en Segovia, en octubre del 2016, durante una discusión en un cuarto de baño en el que el hombre, al creer que la mujer estaba comunicándose con otra persona por el móvil, se lo quitó, cogió un cuchillo y se abalanzó "sobre la víctima dándole cuchilladas" mientras le gritaba: "Si no eres mía, no eres de nadie".
El condenado estaba casado y mantenía "una relación de afectividad sin convivencia" con la víctima, con rupturas y discusiones frecuentes "derivadas del carácter celoso, posesivo y en ocasiones amenazante del acusado", según el relato de la sentencia.
La Audiencia Provincial de Segovia le condenó a 8 años de prisión y apreció las agravantes de abuso de superioridad y de actuar por razones de género, al considerar que la agresión se enmarcó "dentro del ámbito de control y celos que se declara probado y la situación de dependencia de la víctima también descrita".
Pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León le rebajó la condena a 5 años de cárcel al entender que no se había probado que el condenado intentase humillar y ultrajar a la víctima. Y ahora el Supremo corrige al alza ese castigo.
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