vehículo mal aparcado

Una jueza de Barcelona anula una multa porque la señal solo estaba en catalán

La conductora afectada alegó "indefensión" porque la leyenda del rótulo de la zona de carga y descarga no estaba en castellano

Una juez anula una multa a una conductora porque la señal estaba en catalán

Una juez anula una multa a una conductora porque la señal estaba en catalán / EL PERIÓDICO

Efe / Barcelona

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Una jueza de Barcelona ha anulado una multa que impuso el ayuntamiento de la capital catalana a una conductora en julio del 2016 por aparcar en una zona de carga y descarga, al considerar que la señalización contravenía el ordenamiento jurídico porque estaba escrita únicamente en catalán.

El abogado de la demandante ha compartido a través de las redes sociales la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 8 de Barcelona, que estima el recurso interpuesto por la conductora y deja sin efecto la multa que le impuso el consistorio barcelonés, aunque no obliga al ayuntamiento a asumir las costas judiciales.

Multa de 60 euros

Según recoge la sentencia, que es firme, la demandante recibió en el 2016 una multa de 60 euros por una infracción leve de la Ordenanza de Circulación, al haber estacionado en una zona de carga y descarga de vehículos comerciales.

La mujer se mostró disconforme con la sanción y la recurrió, alegando "indefensión" porque la leyenda de la señal donde se indicaba que no podía estacionar en la zona con su vehículo no estaba rotulada en castellano.

Señal "universal", según el Ayuntamiento de Barcelona

El Ayuntamiento de Barcelona, por su parte, alegó que este tipo de señalización está permitida por la Constitución y el Estatuto de Autonomía catalán, y advirtió de los pictogramas que incluye la señal, que calificó de "universal" y "claramente enunciativa para el conductor".

Sin embargo, la juez considera probado por muestra fotográfica que la leyenda del cartel "se encontraba redactada únicamente en catalán" y cita un artículo de la Ley sobre Tráfico que sostiene que este tipo de indicaciones "se expresarán, al menos, en la lengua española oficial del Estado".

De esta manera, considera que la señal en cuestión, por omitir el idioma castellano, se encuentra "fuera de la legalidad", y que el ayuntamiento incumple la Ley sobre Tráfico y el Reglamento General de Circulación que obligan a incluir esta lengua, por lo que anula la multa que fue impuesta a la conductora.