Una aceitera de Córdoba rechaza pagar atrasos a sus trabajadoras porque el convenio habla de "trabajadores"

CCOO asegura que los empleados sí han cobrado el incremento salarial del 1,5 por ciento

Un olivar de Córdoba

Un olivar de Córdoba / ANTONIO JESUS GONZALEZ

Julia Camacho

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Las trabajadoras de la empresa Aceites y Energía Santamaría S.L, ubicada en Lucena (Córdoba) no han cobrado los atrasos de la actualización salarial porque en el convenio colectivo del sector aparece el término “trabajadores”, en masculino, y no “trabajadoras”. Por este motivo, sus compañeros hombres sí han percibido en sus nóminas esos complementos. CCOO ha denunciado el caso en los juzgados porque se trata de una “discriminación flagrante”, aunque siguen negociando para que a las tres mujeres afectadas se les abone esas cantidades, resultante de aplicar supondrían apenas el 1,5 por ciento de sus sueldos mileuristas durante un año. La polémica ha llegado a las redes sociales, donde la Real Academia de la Lengua ha dado una llamativa respuesta lamentando que "quizas la insistencia en afirmar que el masculino genérico invisibiliza a la mujer trae lamentables confusiones".

Según explican desde el sindicato, tras muchos retrasos en la negociación, en diciembre de 2017 se firmó el nuevo convenio colectivo de industrias del aceite con una vigencia de enero de 2015 a diciembre de 2019. Pese a la fecha, a efectos económicos solo se computarían las subidas salariales a partir del 2017, con carácter retroactivo por tanto a comienzos de año. El documento fijaba un incremento del 1.5 por ciento. En los primeros meses de 2018, una vez publicado oficialmente el nuevo convenio, los trabajadores de esta empresa dedicada a la fabricación de aceite y la generación de energía con los residuos empezaron a cobrar en sus nóminas, perfectamente reflejados, esa subida.

En labores administrativas

Pero solo lo cobraron ellos. Ellas seguían esperando y justificaban el retraso en que tal vez no lo habían hecho con toda la plantilla a la vez, que la empresa habría empezado por determinados puestos de trabajo… Pero seguía sin llegarles la subida, por lo que hace unos meses las trabajadoras se acercaron al sindicato a consultar acerca de si era legal o sí había dos convenios diferentes en el sector, dado que se trata de un mundo muy masculinizado y ellas trabajan en la parte administrativa.

Los servicios jurídicos se pusieron entonces en contacto con la empresa, y su sorpresa fue mayúscula cuando se escudaron en el género textual que consta en el convenio colectivo y les explicaron que no les iban a abonar los atrasos porque “el convenio dice ‘trabajadores’ y no trabajadoras’”. “Hasta ahora, que sepamos, los plurales servían para englobar a ambos géneros”, lamentan desde CCOO, que apuntan a que “se trata de un caso de libro de discriminación laboral por razón de sexo”. Aunque explican que este tipo de discriminaciones se siguen dando, sobre todo en ámbitos tan masculinizados, “otras veces son más sutiles, se ponen más horas extras, si están en el mismo puesto se justifican con que los hombres tienen más responsabilidades, pero aquí ha sido por la cara”, reprochan.

La secretaria del área de la Mujer del sindicato, Mar Ávalos, lamentó que “a estas alturas todavía haya empresas y empresarios que crean que los hombres tienen más derechos que las mujeres por el mero hecho de ser hombres”, reconociendo que en este caso les ha sorprendido la argumentación dada. Y recalcó que no se trata de una cuestión económica, ya que, de hecho, las mujeres son una minoría en la empresa, sino de una cuestión de discriminación hacia las mujeres. Desde el sindicato recuerdan que aunque no pueden precisar las cantidades que se les adeuda, serían mínimas dado que la subida aprobada fue de un “1.5 por ciento” y las trabajadoras, al estar empleadas en la parte administrativa los sueldos “son mileuristas”, por lo que esos atrasos apenas rondarían los 200 euros.