AYUDAS SOCIALES

Cuatro rentas mínimas a velocidad variable

Las prestaciones en Euskadi, Comunitat Valenciana, Navarra y Andalucía tienen máximos que van de 779 a 1.140 euros según la comunidad

N. Herrero/ J. Camacho / A. Ubarretxena

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En los últimos años, diversas comunidades autónomas han puesto en marcha sistemas para garantizar unos ingresos mínimos a los colectivos en situación más precaria. La experiencia del País Vasco (el nivel de ingresos garantizado por el concierto nunca falla) es la más consolidada, mientras que la Comunitat Valenciana estrenó este lunes su nueva fórmula. Los ingresos de los beneficiarios apenas varían según la comunidad (en las cuatro analizadas, los mínimos van de 419 a 644 euros, y los máximos de 779 a 1.140 euros) pero sí el volumen de beneficiarios, a tener de los recursos disponibles.

COMUNITAT VALENCIANA: la Renta Valenciana de Inclusión

En la Comunitat Valenciana se podrá cobrar la recién estrenada Renta Valenciana de Inclusión desde el próximo 1 de mayo y los beneficiarios pueden solicitarlo desde este pasado lunes, que fue cuando entró en vigor la que es una de las leyes estrella del gobierno del Botànic. Sustituye a la renta garantizada de ciudadanía y amplía tanto las ayudas como los posibles beneficiarios, que ahora son unos 50.000 y se espera que en un año el número crezca cerca del 50%. La prestación tiene carácter indefinido y se renovará cada tres años. Contempla cuatro modalidades y este año entrarán en vigor la renta de inclusión social y la de ingresos mínimos. Más adelante llegarán la complementaria de ingresos por prestaciones y la complementaria de ingresos del trabajo.

El importe de las ayudas está vinculado al Salario Mínimo Interprofesional y este año irá desde los 515 euros, en el caso de un titular, a los 809, en el caso de una unidad familiar de seis personas y las cuantías pueden elevarse un 25% si se piden ayudas para pagar la vivienda habitual o el suministro energético. El tope serían 1.101 euros. Además habrá acceso directo a becas educativas y a la sanidad universal.

Los beneficiarios, mayores de 25 años en general aunque desde los 16 también en casos como el de las víctimas de violencia de, deben haber residido los últimos 12 meses en la comunidad. No existe esta restricción para personas refugiadas o víctimas de explotación sexual o de violencia de género entre otros.

ANDALUCÍA: el Ingreso Mínimo de Inserción

En Andalucía, el ingreso mínimo de inserción (IMI) es una de las medidas estrella de la socialista Susana Díaz para este año en una de las regiones con mayor desempleo y tasa de riesgo de pobreza: 35,4%, 13,1 puntos por encima de la media. Fue aprobado mediante decreto del ejecutivo con rango de ley, con el objetivo de que tras ser aprobado por el Parlamento se consolide como “un derecho”, tal y como recoge el estatuto de Autonomía andaluz.

El IMI nació a finales del pasado año como una mejora del salario social o ingreso mínimo de solidaridad (IMS), en vigor desde 1999, duplicando los fondos para su cobertura hasta alcanzar los 198 millones de euros y ampliando su cobertura a inmigrantes y mayores de 65 años con niños a su cargo. Según las estimaciones de la Junta de Andalucía, beneficiará a 42.500 familias, unas 120.000 personas. Se trata de una renta de entre 419 y 779 euros mensuales durante 12 meses prorrogables. Para poder percibirlo es necesario llevar al menos un año empadronado en la región, estar inscrito como demandante de empleo y explicitar el compromiso del solicitante y de los mayores de 16 años de la unidad familiar de participar en el plan de inclusión. También tienen derecho a recibirlo las familias que sin cumplir todos los requisitos, se encuentren en situación de emergencia o exclusión social.

Aunque su puesta en marcha fue apoyada por todos los partidos políticos, desde la oposición consideran insuficientes los fondos para atender a toda la población que debería acogerse a esta ayuda, y que al estar en una partida limitada, habrá familias que no puedan beneficiarse en cuanto se agoten los fondos.

EUSKADI: La Renta de Garantía de Ingresos

Euskadi cuenta con la Renta de Garantía de Ingresos, una prestación económica mensual de entre 644 y 915 euros al mes (en función del número de componentes del hogar) para atender las necesidades básicas de las personas y familias que no disponen de recursos suficientes. Pueden recibirla personas sin trabajo, trabajadores con pocos recursos, pensionistas, perceptores de otro tipo de pensiones, o inmigrantes sin permiso de residencia, entre muchos otros supuestos.

En cifras, en Euskadi disminuyó durante 2017 el número de personas perceptoras del RGI, que ha pasado de 67.800 personas en 2016 a 60.400 en 2017. Con todo, el Gobierno vasco ha incrementado esta partida presupuestaria un 1,8% para 2018, y junto  a la Prestación Complementaria de Vivienda suponen 491,3 millones de euros. Por su parte, la cantidad consignada para Ayudas de Emergencia Social se mantiene en 27 millones de euros, al igual que en 2017. Los requisitos que se exigen en Euskadi son que la unidad de convivencia exista como mínimo con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. Sin embargo, en algunos casos se admite a personas que no llevan un año, si son personas con menores a su cargo, por separación, divorcio o similar, por fallecimiento o ingreso en centro residencial o penitenciario, a víctimas de maltrato doméstico o a perceptores de pensiones de vejez, invalidez o viudedad.

NAVARRA: la Renta Garantizada

En Navarra, para los presupuestos de 2018 se han destinado a cubrir los pagos de la renta garantizada 94 millones de euros, lo que supone un 6,9% que en 2017. El pasado año se atendieron con esta ayuda a más de 12.300 familias navarras, casi el doble de las que a percibían en 2015. Navarra cuenta con varias prestaciones económicas que garantizan un nivel de ingresos mínimos para las unidades familiares: la Renta Garantizada, las Ayudas Extraordinarias de Emergencia Social y las Ayudas de apoyo a la Integración Familiar y Social.La Renta Garantizada, que otorga el Gobierno navarro, es una prestación subsidiaria y complementaria de cualquier otro ingreso al que se pueda tener derecho. La cuantía a percibir está relacionada con el número de personas que conforman la unidad familiar y con los ingresos computables de la misma. Así, si la unidad familiar tiene un único miembro, la cantidad máxima será de 600 euros, si fuera de tres miembros, llegaría a los 960 euros, y si fuera de 5 miembros, alcanzaría los 1.140 euros. En el caso de que haya otros ingresos, se compensarían las cantidades, de manera que si en una unidad familiar de 3 miembros un ingreso de 426 euros al mes, la cuantía de Renta Garantizada a percibir será de 534 euros al mes, la resultante de descontar 426 euros al tope de los 960 euros.

Por su parte, las Ayudas Extraordinarias de Emergencia Social van destinadas a personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos, de carácter extraordinario, necesarios para evitar o paliar situaciones de emergencia o marginación social y cuya falta de cobertura generaría un daño irreparable.  En cuanto a la Ayuda de apoyo a la integración familiar y social, va destinada a cubrir gastos de manutención y alojamiento, con el objetivo de mantener el arraigo social de sus beneficiarios y evitar su internamiento en un centro residencial. Está dirigida a personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años en situación de grave exclusión social permanente.