En Alicante

Dos años de cárcel por abusar de una niña de 8 años

El pederasta era amigo de la madre de la víctima y la cuidaba en ocasiones

La Audiencia Provincial de Alicante

La Audiencia Provincial de Alicante / periodico

El Periódico / Barcelona

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Un hombre ha sido condenado a dos años de cárcel por abusar sexualmente de una niña de 8 años, hija de una vecina a la que cuidaba, mientras ambos jugaban a la 'gallinita ciega' en su domicilio de Xàbia (Alicante).

Así se establece en una sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Alicante, que recoge el acuerdo al que llegaron fiscalía y defensa al inicio del juicio celebrado el pasado 11 de septiembre.

El acusado, Mario A.C., de 48 años, se declaró culpable tras pagar 10.000 euros de los 13.000 de indemnización que reclamaba para la víctima el ministerio público por daños morales, por lo que el tribunal le ha aplicado la atenuante de reparación del daño.

Los hechos sucedieron el 3 de julio de 2014, según recoge Efe, cuando el pederasta confeso se encontraba en casa cuidando de la niña y de su propio hijo, de 6 años, como solía hacer en multitud de ocasiones por la relación de amistad que tenía con la madre con la víctima.

La sección tercera de la audiencia alicantina ha declarado probado que el hombre dejó a su hijo en el comedor y se fue con la otra menor a la cocina para jugar con ella a la 'gallinita ciega', como habían hecho otras veces.

Con la excusa de jugar

Con la excusa del juego, sentó a la pequeña en una silla, le vendó los ojos, le pidió que abriera las piernas y le estuvo acariciando los genitales con los dedos durante un minuto antes de dejarla marchar.

El sospechoso fue detenido y pasó un día privado de libertad, entre el 15 y el 16 de julio del mismo mes, después de que la madre de la víctima presentase la correspondiente denuncia.

La Audiencia ha impuesto a Mario A.C. dos años de prisión, aunque ha suspendido la ejecución de la condena durante cinco años con la condición de que abone los 3.000 euros restantes de indemnización.

Además, la sentencia establece que no podrá acercarse ni comunicarse con la menor durante cinco años y que deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante el mismo tiempo.