El Tribunal Constitucional suspende la Ley de Transitoriedad catalana

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El Tribunal Constitucional ha suspendido hoy de forma cautelar la Ley de Transitoriedad catalana tras admitir el recurso del Ejecutivo central, una decisión adoptada por unanimidad a la que se ha sumado una nueva advertencia dirigida a los miembros del Govern y de la Mesa del Parlament, entre otros.

Los magistrados se han ocupado también en el pleno de esta mañana de otro recurso, el presentado por el Gobierno contra la ley de Hacienda catalana, el código tributario, recurso que también han admitido a trámite de forma unánime, de modo que esta ley también ha quedado provisionalmente suspendida.

Se trata de la ley 17/2017 del código tributario, algunas de cuyas disposiciones, según el recurso, pretenden vulnerar las competencias exclusivas del Estado para la garantía de la igualdad de todos los españoles en materia de legislación civil, hacienda y administraciones públicas.

La norma tributaria catalana persigue, en último término, impulsar una Hacienda propia para Cataluña.

En cuanto a la Ley de Transitoriedad aprobada por el Parlamento catalán pretende convertir a Cataluña en una República.

La suspensión del Constitucional es provisional pero, una vez más, los magistrados han querido recordar que tiene plena vigencia y es de obligado cumplimiento bajo advertencia de cometer delito.

Así, han notificado personalmente la resolución al Presidente de la Generalitat de Cataluña, a todos los miembros del Consejo de Gobierno, al secretario del Gobierno de Cataluña, a la Presidenta del Parlamento de Cataluña y a todos los miembros de la Mesa del Parlamento de Cataluña.

También han advertido al letrado mayor del Parlamento de Cataluña, al secretario general del Parlamento de Cataluña, al jefe del Departamento de Publicaciones y a la técnica de coordinación de la producción de publicaciones del Departamento de Ediciones, todos ellos del Parlamento de Cataluña.

También, a los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña y a los síndicos de los territorios de Arán, Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, titulares y suplentes. Se trata de los juristas encargados del seguimiento de la convocatoria independentista del 1 de octubre.

El Pleno advierte a todos ellos de su deber de "impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada".

En particular, les recuerda que deben abstenerse de "iniciar tramitar, informar o dictar acuerdo alguno en orden a la ejecución de las previsiones contenidas en la ley impugnada o que promuevan o tramiten actuación y norma alguna dirigida a tal fin".

Todo ello, "apercibiéndoles de la nulidad radical de tales actuaciones y de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de desobediencia de dicho requerimiento".

Moncloa considera que la Ley de Transitoriedad es "la mayor afrenta y amenaza" a las bases sobre las que se asienta la convivencia en España desde 1978 y el "mayor ataque concebible" a los valores democráticos.

El recurso del abogado del Estado sostiene también que el contenido de esta norma es "propio de un régimen autocrático sin una mínima separación de poderes".

El Gobierno presentó ayer su recurso contra la Ley de Transitoriedad catalana, pero el pleno se aplazó a esta mañana porque ayer era festivo en Cataluña y cualquier resolución no podía ser notificada.

La suspensión de hoy supone que la Ley de Transitoriedad, pensada para articular la transición hacia la independencia en caso de que se celebrase el referéndum del 1 de octubre y triunfase el sí, no estará vigente en el momento en el que debería operar, pues ha quedado anulada durante cinco meses y en tanto no resuelva el alto tribunal sobre el fondo del recurso.