cambios en los estudios universitarios

El Supremo dice que la aplicación del 3+2 no discrimina a los alumnos pobres

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MARÍA JESÚS IBÁÑEZ / BARCELONA

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El Tribunal Supremo (TS) ha dado su aval al decreto de reforma de la estructura de los estudios universitarios, el popularmente conocido como decreto del 3+2, al entender que, a pesar de las diferencias de precios que hay entre grados y másteres, la modificación de las carreras universitarias no tiene carácter discriminatorio para los estudiantes ni tiene incidencia alguna sobre el sistema de becas para los estudiantes.

El aval del tribunal se produce al desestimar un recurso contencioso-administrativo interpuesto por el sindicato CCOO, que teme que los estudiantes con menores recursos o peores calificaciones optarán por los grados de tres años para obtener una titulación más rápidamente, lo que acabará provocando que haya carreras de primera y de segunda. El decreto aprobado en el 2015 por el exministro de Educación José Ignacio Wert vulnera la igualdad de condiciones entre estudiantes por razones económicas, ya que "una misma carrera puede costar más o menos en función del número de años que dure", indica el secretario general de Educación en CCOO, Francisco García.

UN 80% MÁS CAROS

El sindicato está convencido de que, por mucho que Wert asegurase en su momento que la medida iba a suponer un ahorro para las familias (de 150 millones de euros, dijo el exministro), los actuales cuatro años de grado y uno de máster salen mejor de precio que el plan de tres años de grado y dos de máster. Entre otras cosas, porque un curso de máster es, de media, un 80% más caro que uno de grado

Solo en Catalunya se ha planteado la posibilidad, acordada en el seno del Consell Interuniversitari (CIC), de que el precio del primer año de máster se equipare al del grado. La medida, que los estudiantes y los rectores de las universidades públicas reclaman ampliar a la totalidad del máster, y no solo al primer curso, no ha entrado todavía en vigor, porque este es el primer año académico en que se imparten carreras de tres años, con lo que no hay estudiantes que hayan llegado al máster.

HIPÓTESIS NO DEMOSTRADA

Con todo, el TS considera que este argumento "no deja de ser una hipótesis, que no va acompañada de sustento justificativo alguno". "Desde luego no pone de manifiesto el carácter discriminatorio de la norma", aseguran los magistrados en su sentencia, que data del pasado 23 de septiembre, pero que no se ha conocido hasta ahora.

El decreto del 2015 pretende, según recoge el fallo del TS y según ha querido remarcar este viernes el Ministerio de Educación, "nivelar u homogenizar la duración de estudios universitarios y favorecer la movilidad de los estudiantes españoles hacia el exterior y de los extranjeros hacia España".

ADECUADO SISTEMA DE BECAS

En cuando a la posible relación entre el decreto 3+2 y el sistema de becas, que según CCOO conllevaría a una discriminación de los estudiantes nacionales respecto a los que no lo son, el Supremo ha afirmado que "no guarda ninguna relación, ni tiene incidencia alguna". Y aunque el decreto "no lo regula", el tribunal insiste en que es necesaria "la configuración de un adecuado sistema de becas", una medida que tiene "una importancia capital para evitar la discriminación por razones económicas y promover la efectiva igualdad de oportunidades".

El ministerio y la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) han acordado que los títulos implantados con el despliegue del plan Bolonia, así como los del campo biomédico y las ingenierías, se mantengan en los cuatro años actuales. Además, todas las titulaciones reguladas por directivas europeas, como Medicina o Veterinaria, se mantendrán con la duración que tienen en la actualidad. Pero en Catalunya