Legado digital: prohibido heredar el ebook

Música, películas y libros digitales suelen adquirirse solo con licencias de uso, por lo que difícilmente pueden legarse

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CARMEN JANÉ / BARCELONA

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Las bibliotecas virtuales ahorran un espacio que los libros físicos ocupan, pero ese volumen supuestamente almacenado en servidores también desaparece cuando el usuario muere. La mayoría de los servicios digitales como Amazon, Apple iTunes o Spotify no contemplan la cesión de música, libros, podcasts, apps o programas de televisión comprados, así que si el titular de la cuenta fallece, el contenido adquirido se pierde, porque en teoría, no ha hecho una compra física, solo ha adquirido el derecho personal de uso.

Aunque siempre existe la opción de seguir usando la contraseña del difunto, las condiciones de uso de estos servicios ni siquiera recogen la palabra "muerte". Tan solo recuerdan que no se pueden "transferir o ceder" los contenidos contratados, sin más supuestos. Además, establecen que son de "uso personal" y muchas limitan el número de dispositivos. Apple, por ejemplo, lo deja en cinco dispositivos diferentes. Y Amazon, aunque no limita el número, no permite salir de su aplicación Kindle, aunque sí hacer una copia de seguridad.

BORRADO A DISTANCIA

Las políticas de Amazon, que no ha dudado en borrar libros a distancia, han sido objeto de polémicas. Es conocido que el actor Bruce Willis se planteó en el 2012 demandar a Apple cuando quiso ceder en testamento su biblioteca musical en iTunes y se dio cuenta de que no tenía ningún derecho.

Desde entonces,  ha habido algunos cambios en la compañía que fundó Steve Jobs. Por ejemplo, Apple permite copiar las playlist (listas de canciones), pero para libros no se pueden hacer copias. Eso sí, se puede compartir el contenido entre miembros de la familia previamente designados, lo que al menos, evitaría quedarse sin nada. En Spotify, tampoco se puede ceder ni copiar contenido, ni siquiera para uso personal. Y como es un servicio de suscripción, se elimina tan pronto se deja de pagar.

Y es que el viraje hacia servicios de streaming o de pago por uso también impide que se puedan ceder los contenidos contratados. "La gente no se da cuenta, pero cada vez tenemos derecho a menos cosas", afirma Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas.

PERSONAL E INTRANSFERIBLE

Fuentes jurídicas vinculadas a asociaciones de derechos de autor recuerdan que ceder archivos digitales era algo que la ley permitía pero que se ha perdido con el paso al digital.

En Facebook, Twitter, Instagram, Snapchat o Youtube, se opta por licencias "personales e intransferibles"Facebook, por ejemplo, exige que se aporte el certificado de defunción y una orden judicial para acceder a la cuenta de un familiar fallecido y convertirla en lo que llama "una cuenta conmemorativa", en la que la información que colgó el difunto permanece pero se quitan los comentarios.

La propiedad de las fotos, textos o vídeos son del usuario aunque las redes se reservan siempre el derecho de distribución. Y en caso de duda, se remiten a la legislación estadoundiense.