LA TAUROMÁQUIA A DEBATE

Los toros, en el banquillo

Museo en el interior de la plaza de toros de la Monumental, ayer.

Museo en el interior de la plaza de toros de la Monumental, ayer. / periodico

J. G. ALBALAT / BARCELONA

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Los juristas consultados por EL PERIÓDICO coinciden en que la prohibición o no de las corridas de toros en Catalunya es más un asunto social y político que jurídico, a pesar de que, como en otras cuestiones de estas características, será el Tribunal Constitucional, en base a un recurso presentado por el Partido Popular, el que decidirá si se mantiene el veto o anula la iniciativa legislativa popular (ILP) aprobada en el 2010 por el Parlament, por la que se impedían la celebración de este acto taurino a partir del 2012.

El debate jurídico se centra en si Catalunya tiene o no competencias para prohibir los toros, pero en el trasfondo del asunto subyace una cuestión conceptual. Es decir, si las corridas son un espectáculo, como defienden algunos, o una manifestación artística o un patrimonio cultural, como alegan otros.

El artículo 141.3 del Estatut de CatalunyaEstatutde Catalunya reza: “Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de espectáculos y actividades recreativas, que incluye, en todo caso, la ordenación del sector, el régimen de intervención administrativa y el control de toda clase de espectáculo en espacios y locales públicos”. Sin embargo, la pregunta es si este precepto ampara la prohibición de las corridas o simplemente permite su regulación.

¿ESPECTÁCULO O CULTURA?

Tomàs Gui, presidente de la Sección de Derecho Constitucional del Col.legi d’Advocats de Barcelona (ICAB), considera que en el tema de los toros hay dos competencias afectadas: la de espectáculo y la cultural. En su opinión, las corridas de toros no son un simple espectáculo, sino que también hay en ellas “una importante carga cultural", porque abarca la pintura y la literatura, entre otros ámbitos. 

{"zeta-legacy-phrase":{"name":"Tom\u00e0s Gui","position":"abogado","text":"Las corridas de toros no son\u00a0un simple espect\u00e1culo, sino que tienen una\u00a0carga cultural\""}}

Según este abogado, Catalunya no tiene competencias para prohibir los toros por el blindaje que logró sacar adelante el Gobierno del PP en el 2013, al declararlas patrimonio cultural a nivel estatal. Y agrega: "Una cosa es regular un espectáculo y otra prohibirlo. En Catalunya no se han prohibido, por ejemplo, los 'correbous'. No deja de ser una hipocresía”, porque hay una ley catalana que considera estos actos fiestas tradicionales.

Carles Soliva, vocal de la Sección de Derecho Constitucional del ICAB, opina, sin embargo, que no es aplicable la ley estatal del 2013, pues la prohibición de los toros en Catalunya se remonta al 2010. “No se puede aplicar una norma de forma retroactiva”, apunta este jurista. Incide en que el Estatuto deja claro que las competencias sobre espectáculos, donde él encuadra las corridas, son de la Generalitat. “No puede considerarse una manifestación artística ver sangrar a un animal. Y si tienes competencias para regular, puedes prohibir”, concluye.

{"zeta-legacy-phrase":{"name":"Carles Soliva","position":"Abogado","text":"\"No puede considerarse una manifestaci\u00f3n art\u00edstica ver sangrar a un animal\""}}

PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES

Magda Oranich, presidenta de la Comisión de Derechos de los Animales del ICAB, considera que Catalunya sí que tiene competencias para prohibir los toros. No solo porque tiene atribuciones en materia de espectáculos, sino por la ley catalana de protección de los animales del 2003. “Con la ILP aprobada en el 2010 se anuló la excepción de los toros que había en esa ley”, destaca.

Oranich afirma que es “es una vergüenza que en el siglo XXI pueda considerarse patrimonio cultural los malos tratos a un animal”. “La gente es cada vez más sensible”, relata la jurista que, a la vez, sostiene que es “un tema más social y político que jurídico. Como ejemplo, argumenta que en Canarias también se prohibieron las corridas y no se presentó recurso alguno. La abogada también está a favor de prohibir los 'correbous'.