Los pederastas de los Maristas se parapetan tras la prescripción de sus delitos

El pederasta confeso Joaquim Benítez el pasado mes de febrero entrando en el Instituto de Medicina Legal de Barcelona.

El pederasta confeso Joaquim Benítez el pasado mes de febrero entrando en el Instituto de Medicina Legal de Barcelona. / periodico

J. G. ALBALAT / GUILLEM SÁNCHEZ / BARCELONA

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Otro juzgado de Barcelona ha archivado una denuncia por abusos sexuales presentada por un exalumno contra un exprofesor de un colegio de los Maristas. Es el segundo juzgado que en poco tiempo acuerda una medida de estas características y por el mismo motivo: la prescripción del delito por el paso del tiempo. En ninguno de estos dos casos se ha llegado ni a tomar declaración a las víctimas, a pesar de que el Estatuto de la Víctima señala que en estos casos pueden ser escuchadas. La caducidad de los hechos es la principal baza con la que juegan los acusados (y también la orden religiosa, que se ha alineado con la defensa del pederasta confeso y exprofesor de gimnasia Joaquim Benítez) para minimizar los efectos del alud de demandas presentadas contra docentes de dos de los colegios de los Maristas en Barcelona: el de Sants-Les Corts y el de la Inmaculada, en el Eixample.

Las 37 denuncias interpuestas contra 10 profesores  (dos ya fallecidos) y un monitor de las citadas escuelas se han repartido entre varios juzgados de instrucción de Barcelona. No se han acumulado en un sólo órgano judicial porque los presuntos abusos sexuales han sido cometidos por individuos diferentes, afectan a múltiples personas y transcurren en un largo periodo de tiempo. En definitiva, el único denominador común es que los acusados de pederastia eran docentes de colegios de la orden religiosa.

El Juzgado de Instrucción número 8 de Barcelona archivó hace unos días las denuncias que tres exalumnos habían presentado ante los Mossos contra el que fuera subdirector del colegio Sants-Les Corts, F.M, que fue apartado de sus funciones el 11 de febrero pasado, tras ser incluido en una investigación sobre presuntos abusos sexuales. La jueza requirió a la fiscalía que se pronunciara sobre la prescripción de los delitos y el ministerio público informó a favor del archivo. En este caso, las víctimas denunciaron más de 10 años después de que cumplieran la mayoría de edad (estos delitos caducan cuando la víctima tiene entre 23 y 33 años, depende de la gravedad de los hechos y del Código Penal que estuviera vigente en el momento).

DE OFICIO Y SIN CONSULTAR

El Juzgado de Instrucción número 4 de Barcelona ha archivado también una denuncia contra A. B., un hermano marista del colegio de la Inmaculada. Esta vez, el carpetazo se dio de oficio y sin consultar a la fiscalía, según han confimado fuentes de esta institución. El motivo, el mismo: la prescripción del delito. Este religioso fue trasladado de centro al menos en tres ocasiones, siempre a raíz de quejas de alumnos que fueron silenciadas. “Me llevaba a través de un pasillo muy largo a una habitación y allí me sentaba en su regazo y me bajaba los calzoncillos”, relató una de las víctimas de estos supuestos abusos.

En ninguno de estos dos procesos judiciales archivados han sido citados a declarar los perjudiciados, pero el abogado Ibán Fernández, que representa a siete víctimas de Joaquim Benítez, se resiste a que en esta causa pase lo mismo. Por esta razón, ha solicitado al juez Miguel Ángel Tabares Cabezón que tome declaración a todos los denunciantes, hayan prescrito o no los delitos. El magistrado debe decidir no solo sobre esta petición, sino también respecto a cuántas de las 17 denuncias que están en sus manos siguen adelante y cuántas se archivan por la caducidad del delito.

El abogado basa su solicitud el Estatuto de la Victima. Esta normativa recoge un catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales de los afectados por actividades delictivas. En su artículo 21, establece que las “autoridades o funcionarios encargados de la investigación penal” velarán para que “se reciba declaración de las víctimas, cuando resulte necesario, sin dilaciones injustificadas”. Es decir, el magistrado que investiga a Benítez puede tomar esta decisión o hacer lo que han hecho hasta ahora otros dos colegas: archivar las denuncias que estén prescritas sin tomar declaración a los denunciantes.

LA VÍA CIVIL

La declaración de las víctimas ante el juez “es imprescindible para esclarecer de forma clara y precisa los hechos delictivos que han sufrido” en el colegio de Sans-Les Corts, donde Benítez fue profesor de gimnasia, expone el abogado Iban Fernández en su petición. Y es que hay denuncias poco detalladas. El letrado ha asegurado a este diario que “todas las víctimas, aunque sus delitos estén prescritos, tienen derecho a ser oídas por el juez y más cuando han hecho un esfuerzo por denunciar unos hechos de su pasado que no son agradables de recordar”. Los juristas consultados señalan que la declaración de las víctimas cuyos delitos estén prescritos también facilitaría y agilizaría el trámite de una posterior demanda civil contra el colegio para reparar el daño causado por los abusos que sufrieron los estudiantes.     

Y es que el Código Civil establece que las personas o entidades que sean titulares de un centro docente no superior responderán de los daños y perjuicios que causen a sus alumnos menores durante los periodos en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando actividades escolares o extraescolares y complementarias. Hay un grupo de exalumnos de los Maristas que ya se están planteando acudir a la jurisdicción civil tras declararse el archivo de sus denuncias por prescripción.