Las 10 claves de la reforma de la ley de enjuiciamiento criminal
El nuevo texto pone límites a la instrucción judicial, la 'pena del telediario' y cambia el término imputado
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal entra en vigor este lunes, dos meses después de su publicación en el BOE. La nueva norma introduce cambios como los límites a la instrucción judicial, las medidas contra la 'pena de telediario' o el cambio del término 'imputado' por el de 'investigado'.
Estas son las 10 novedades principales que aporta:
1. Límites para la instrucción judicial. Prevé un periodo ordinario de seis meses para la instrucción de causas sencillas y de 18 para las complejas, con la posibilidad de prorrogarlo hasta los 36 meses. La ampliación del plazo puede solicitada por el fiscal y, en casos excepcionales, por otras partes personadas, pero no por el juez de instrucción.
2. Adiós "imputado", hola "investigado" y "encausado". Ordena eliminar el uso del término 'imputado' que se cambia por el de 'investigado' en una primera fase de la instrucción y 'encausado' cuando existan indicios suficientes de presunta comisión de delito.
3. Intenta evitar la 'pena de telediario'. Introduce un nuevo artículo que regula la protección de la imagen, el honor y la intimidad de los detenidos en el momento en que se practique su arresto y en los traslados posteriores, con la intención de "asegurar el respeto a sus derechos constitucionales" y evitar lo que se ha dado en llamar 'pena de Telediario'. Incluyó cambios en la redacción de la disposición para garantizar el derecho a la información y aclarar que no prohíbe, en ningún caso, la grabación y difusión de imágenes de los detenidos.
4. Las macrocausas se trocean. La reforma quiere acabar con las macrocausas con decenas de imputados. Para evitarlas incorpora un sistema --"la regla de conexidad"-- que favorece su separación en distintas piezas, con la intención de reducir los tiempos de instrucción.
5. Escuchas e intervención de emails y Whatsapp: La ley regula por primera vez el registro y la intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas como los SMS y el correo electrónico. También se podrán interceptar los mensajes de Whatsapp. Siempre se debe contar con autorización judicial.
6. Freno a la incomunicación de detenidos. El juez que la ordene tendrá que justificarla en un auto y los detenidos serán sometidos a dos revisiones médicas cada 24 horas para comprobar su estado psíquico y físico. No se podrá aplicar a menores de 16 años.
7. Policía encubierto web. Regula la figura del agente encubierto en internet que podrá investigar en la red mediante el uso de una identidad falsa.
8. Atestados sin autor conocido: Los atestados policiales sin autor conocido no provocarán la apertura de diligencias judiciales.
9. Decomiso. El denominado decomiso autónomo permitirá la privación de la titularidad de los bienes procedentes del delito pese a que el autor no pueda ser juzgado.
10. Segunda instancia penal. La nueva Lecrim crea una segunda instancia penal que permitirá a los tribunales superiores de Justicia revisar sentencias dictadas por las audiencias provinciales y dota a la Audiencia Nacional de una Sala de Apelación que se ocupará de las dictadas por este tribunal.
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